El recurso de protección no constituye la vía idónea para revisar la tramitación de un sumario administrativo, existiendo mecanismos específicos como el reclamo de ilegalidad.
Sólo se estableció la obligación vinculada al registro de su asistencia, sin que se acreditara que aquélla se allanara a las órdenes e instrucciones de una jefatura determinada.
Se incorporan principios rectores como el derecho humano al agua y saneamiento, la ayuda mutua, la no discriminación, la transparencia, la asociatividad y la sostenibilidad económica.
El proyecto de reforma al SEIA avanza en el Senado con el desafío de equilibrar eficiencia y protección ambiental, en medio de un debate que enfrenta posiciones técnicas, sociales y políticas sobre el futuro de la evaluación ambiental en Chile.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.