A escasos meses de la entrada en vigencia de la nueva normativa de protección de datos personales en Chile, los directorios y gerencias legales corporativas enfrentan una tensión crítica: cómo equilibrar el estricto cumplimiento normativo con la viabilidad y rentabilidad comercial.
La administración carece de atribuciones para impedir el acceso de un propietario a su inmueble, una medida de esa naturaleza sólo puede emanar de la autoridad competente.
En la antesala del seminario “Moderación de contenidos en redes sociales: derechos, riesgos y gobernanza democrática”, Ignacia Gutiérrez, abogada de la Universidad de Chile y codirectora ejecutiva de Confianza Digital, analizó en conversación con Actualidad Jurídica, el blog de DOE, los desafíos jurídicos y democráticos que plantea la regulación de contenidos en plataformas digitales.
La DT no se encuentra facultada para calificar el acuerdo marco como una categoría de acuerdo colectivo atípico producto de la negociación colectiva, por carecer dicha categoría de reconocimiento en el ordenamiento jurídico.
Corte Suprema confirmó la negativa del Conservador a inscribir un inmueble porque uno de los vendedores figuraba en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos.
El tribunal de alzada estimó que la controversia debía resolverse desde el deber de protección del animal como ser sintiente y no desde los derechos patrimoniales invocados por sus cuidadores.
La Primera Sala resolvió que los herederos no pueden reclamar iure hereditatis la indemnización por el daño moral sufrido por la víctima directa. Distinguió esa situación del daño por repercusión o rebote, que corresponde al perjuicio experimentado personalmente por los familiares.