En conversación con Actualidad Jurídica: el blog de DOE, la académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae, Ángela Arenas, aborda las brechas de alfabetización digital en personas mayores, su impacto en el ejercicio de derechos fundamentales y los desafíos que enfrenta la regulación frente al envejecimiento de la población.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección contra Blanco y Negro S.A. y dejó sin efecto la inclusión de la recurrente en registros de derecho de admisión. El fallo estimó que la medida fue aplicada sin antecedentes suficientes, sin notificación adecuada y por un plazo superior al previsto en la normativa invocada.
Máximo tribunal concluyó que no existe un derecho indubitado que pueda ser amparado por esta vía, al tratarse de solicitudes de permisos de escasa importancia sujetas a evaluación administrativa y aún en tramitación.
El máximo tribunal estableció que una rectificación no puede alterar el fondo de una sanción administrativa y confirmó que la multa debía mantenerse en 10 UTM.
Se estableció que la responsabilidad por daños con ocasión de un espectáculo deportivo recae en el organizador del evento y no en la municipalidad administradora del recinto.
Se concluyó que a vulnerabilidad del humedal Bucalemu no se vincula con la construcción del molo, sino principalmente con factores naturales, en especial la alteración del régimen hídrico derivada de la sequía sostenida.
El decreto N° 136 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos regula la operación del Registro de personas ausentes por desaparición forzada, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. El sistema será electrónico, público y gratuito, y permitirá certificación en línea y copias autorizadas de las inscripciones.
El máximo tribunal desestimó el recurso de la empresa y mantuvo la sanción aplicada por la autoridad sanitaria, al estimar que los jueces del fondo establecieron la existencia de omisiones en las medidas de seguridad que no pueden ser revisadas en sede de casación.
El reciente ingreso de proyectos mineros al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por más de US$ 12.500 millones fue valorado por autoridades y actores del sector como una señal de reactivación de la inversión en la industria.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.