La Corte Suprema enfatiza que la voluntad colectiva válidamente expresada debe respetarse de manera íntegra, incluso cuando el convenio distingue entre la indemnización pactada y la base legal para calcular el recargo del 30%, sin que ello implique renuncia de derechos laborales.
La Tercera Sala descartó vicios de valoración probatoria y validó el cálculo del beneficio económico aplicado por la Superintendencia del Medio Ambiente en un caso de infracción a la norma de emisión de ruidos.
En el marco de su participación en las Jornadas Nacionales de Derecho Civil, la profesora de Derecho Civil y directora del Instituto de Ciencias Jurídicas de la Universidad Austral, María Paz Gatica, analiza la intransmisibilidad del lucro cesante futuro, la falta de uniformidad jurisprudencial y las tensiones que esta figura plantea frente al principio de reparación integral del daño en el Derecho Civil chileno.
El máximo tribunal revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique y ordenó restituir el acceso a una sede social, calificando como autotutela prohibida el cambio unilateral de cerraduras.
La Tercera Sala rechazó un recurso de protección y validó la sanción de destitución aplicada a una funcionaria municipal que viajó al extranjero durante su licencia médica, al estimar que la conducta vulneró gravemente el principio de probidad administrativa.
La nueva ley declara correctamente pagados los montos abonados en exceso por incremento previsional y ordena cerrar los procesos pendientes originados por estos cobros.
El máximo tribunal rechazó los recursos de casación y confirmó que el plan de reparación ordenado por el Tribunal Ambiental puede incluir la evaluación del proyecto ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.