El máximo tribunal revocó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica y ordenó dictar un nuevo acto administrativo, al constatar que el retiro temporal de un funcionario del Ejército carecía de fundamentos de hecho y de derecho exigidos por la Ley N° 19.880.
El máximo tribunal validó la actuación de la Comisión Médica Central y acotó el alcance del recurso de protección frente a controversias médicas previsionales.
El máximo tribunal confirmó que la Contraloría actuó dentro de sus atribuciones legales al liberar solo parcialmente a funcionarios que percibieron remuneraciones en exceso, pese a haberse acreditado buena fe.
La Cuarta Sala declaró que Entel incurrió en competencia desleal en una campaña dirigida a clientes WOM, pero rechazó indemnizar perjuicios por falta de prueba suficiente del daño.
La autoridad administrativa confirmó que la Ley N° 21.561 también rige para trabajadores con jornadas bisemanales, fijando nuevos máximos de horas desde 2024 y un cronograma progresivo hasta 2028.
La Tercera Sala confirmó que el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar decisiones del Ejecutivo fundadas en potestades legales, al confirmar la inadmisibilidad decretada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
La Corte Suprema concluye que los signos enfrentados distinguen coberturas relacionadas y presentan semejanzas fonéticas y gráficas determinantes, al coincidir en el segmento “UBER” como elemento central, lo que impide una coexistencia pacífica en el mercado y puede inducir a error al consumidor.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.