opinión

El derecho ambiental chileno ha experimentado, durante las últimas décadas, una transformación profunda tanto en su contenido normativo, como en el universo de actores llamados a proteger el medio ambiente. Lo que en sus orígenes fue una regulación dispersa y sectorial ha evolucionado hacia un sistema jurídico progresivamente más coherente e integral, impulsado por hitos normativos fundamentales: la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que estableció el marco regulatorio común para la gestión ambiental; la Ley N°21.595 sobre Delitos Económicos y Atentados contra el Medio Ambiente, que incorporó una respuesta penal frente a las conductas más graves contra los ecosistemas; la Ley N°21.202 de Humedales Urbanos, que reguló específicamente estos cuerpos de agua; y la Ley N°21.600 que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, destinada a consolidar un sistema integrado de conservación. Lo anterior es expresión de una tendencia sostenida hacia una tutela ambiental más exigente, descentralizada y participativa.

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