Lo que se pretende es la revisión de los hechos, circunstancias y decisiones que fueron adoptadas en el respectivo sumario administrativo.
El 09 de julio la Corte de Apelaciones de Santiago en causa rol N° 26.767-2024 rechazó la acción de protección interpuesta en contra del Hospital de Urgencia Asistencia Pública.
La acción de protección se interpuso en contra del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 1349, de 9 de julio de 2024, se resolvió aplicar la medida disciplinaria de destitución, lo que vulneraría las garantías fundamentales consagradas en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República.
El recurrente indica que entró a trabajar al Hospital de Urgencia Asistencia Pública, manteniendo un destacado desempeño como cirujano de urgencias, otorgándosele las más altas calificaciones por sus funciones. Manifiesta que, mediante Resolución Exenta N° 2.140, de fecha 14 de octubre de 2021, se ordenó instruir Investigación Sumaria en el Hospital de Urgencia Asistencia con el fin de indagar la eventual responsabilidad administrativa que pudiera derivarse del incumplimiento de una licencia médica, razón por la cual desde el año 2021 y en el marco del referido sumario, el doctor se encuentra suspendido de sus funciones, percibiendo el 50% de sus remuneraciones. Añade que durante el periodo de licencia el doctor prestó servicios en un recinto de salud privado, tal como lo reconoció expresamente en el referido sumario administrativo, declarando que prestó dichos servicios por desconocimiento de los límites del reposo otorgado.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones conociendo la acción intentada la rechazó, toda vez que lo que se pretende es la revisión de los hechos, circunstancias y decisiones que fueron adoptadas en el respectivo sumario administrativo, cuestión que implicaría ponderar el mérito y legalidad de actos emitidos por el ente administrativo competente, cuestión que no resulta procedente por esta vía recursiva de naturaleza cautelar y de emergencia.
En definitiva a juicio de la Corte lo que se busca es que la Corte dirima o emita un pronunciamiento respecto de las decisiones libradas en los sumarios que involucran al actor – como si se tratara de un recurso de apelación-, materia que ciertamente excede los contornos de la acción cautelar de autos.