Corte Suprema deja firme rechazo de demanda contra directores de FW Corp por presunta entrega de información financiera falsa

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La sentencia mantuvo la decisión que descartó que se hubiera acreditado la entrega de información financiera falsa o el ocultamiento de antecedentes al Banco Consorcio durante el otorgamiento y refinanciamiento de créditos.

La Primera Sala de la Corte Suprema, mediante sentencia de 27 de julio de 2026, Rol N° 5.383-2024, rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Banco Consorcio y dejó firme la sentencia que desestimó la demanda de indemnización de perjuicios deducida contra directores, gerentes, apoderados y ejecutivos de FW Corp S.A., posteriormente transformada en FW Corp SpA. La acción perseguía el pago de 119.741 UF, fundándose en la supuesta responsabilidad extracontractual de los demandados por la información financiera proporcionada al banco durante el otorgamiento y posterior refinanciamiento de créditos. Contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, la demandante interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo; el primero fue declarado inadmisible por resolución de 23 de abril de 2024, quedando pendiente únicamente el conocimiento del arbitrio de nulidad sustancial.

La causa se originó con la demanda de indemnización de perjuicios presentada por Banco Consorcio, que sostuvo que los demandados, en sus calidades de directores, gerentes y ejecutivos de FW Corp, incurrieron en diversas conductas ilícitas que lo llevaron a otorgar y refinanciar créditos que no habría concedido de haber conocido la verdadera situación patrimonial de la empresa. En particular, afirmó que habrían aprobado y presentado estados financieros que no reflejaban la realidad económica de la sociedad, reconocido pasivos mediante facturas correspondientes a operaciones inexistentes, ejecutado operaciones perjudiciales con empresas relacionadas y obtenido financiamiento bancario proporcionando información falsa o incompleta. Sobre esa base, solicitó la indemnización de los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones crediticias.

Los demandados solicitaron el rechazo íntegro de la demanda. Negaron haber incurrido en los ilícitos imputados y sostuvieron que las diferencias observadas entre los informes elaborados por PwC y KPMG respondían a distintos criterios y metodologías contables, sin que ello demostrara la falsedad de los estados financieros. Asimismo, afirmaron que Banco Consorcio conocía la estructura societaria y el modelo de financiamiento del grupo FW Corp y que fue informado oportunamente de las dificultades económicas de la empresa antes de acceder a la renegociación de la deuda. Algunos demandados también opusieron excepciones relativas a la legitimación de las partes.

El Noveno Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda. El tribunal estimó que Banco Consorcio no logró acreditar el presupuesto esencial de la acción indemnizatoria, esto es, la existencia de un hecho ilícito atribuible a los demandados. En particular, concluyó que no se demostró que los estados financieros auditados hubieran sido falsificados o adulterados ni que las diferencias advertidas posteriormente entre las auditorías obedecieran a maniobras fraudulentas. También estableció que el banco mantenía una relación comercial previa con FW Corp, conocía la estructura del grupo empresarial y había sido informado durante 2016 del deterioro financiero de la sociedad y de su proceso de reestructuración, descartando que hubiese existido ocultamiento de información relevante o inducción mediante antecedentes falsos.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esa decisión. Compartió la conclusión de que la prueba rendida no permitía establecer la existencia de información financiera falsa ni la comisión de los ilícitos invocados en la demanda. Asimismo, destacó que antes de la refinanciación existió un intercambio permanente de antecedentes entre la empresa y Banco Consorcio respecto de la situación financiera de FW Corp, por lo que la entidad bancaria conocía las dificultades económicas que atravesaba la sociedad al momento de renegociar los créditos.

En el recurso de casación en el fondo, Banco Consorcio denunció la infracción de los artículos 2314 y 2329 del Código Civil; 45, 50, 74, 130 y 133 de la Ley sobre Sociedades Anónimas; y 160 de la Ley General de Bancos. Sostuvo que los jueces del mérito omitieron valorar correctamente la prueba relativa a las diferencias entre las auditorías practicadas por PwC y KPMG, que habrían permitido demostrar la existencia de estados financieros falsos y el reconocimiento de pasivos inexistentes para obtener financiamiento bancario. También alegó que la sentencia desconoció el régimen de responsabilidad aplicable a los directores y ejecutivos de sociedades anónimas.

La Corte Suprema rechazó el recurso. Señaló que los planteamientos formulados por la recurrente suponían modificar los hechos establecidos por los jueces del fondo, quienes tuvieron por acreditado que no existió ocultamiento de información, que Banco Consorcio conocía la situación financiera de FW Corp al momento de renegociar los créditos y que no se probó que las diferencias entre las auditorías respondieran a la entrega de información falsa o adulterada. Agregó que el recurso no denunció eficazmente la infracción de normas reguladoras de la prueba que permitieran revisar esos presupuestos fácticos, los que, por esa razón, resultaban inamovibles en sede de casación.

El máximo tribunal concluyó que, sobre la base de los hechos fijados por los tribunales de la instancia, no era posible configurar las infracciones legales denunciadas ni establecer la responsabilidad extracontractual atribuida a los demandados. En consecuencia, rechazó el recurso de casación en el fondo y dejó firme la sentencia que desestimó la demanda indemnizatoria interpuesta por Banco Consorcio.

Corte Suprema Rol N° 5.383-2024

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