Corte Suprema rechaza recurso de protección contra CGE por instrucción de la SEC: la vía adecuada era la Ley 18.410

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La Corte Suprema revocó un fallo que ordenaba a CGE acatar una instrucción de la SEC, señalando que la vía adecuada era la Ley N° 18.410.

El máximo tribunal, en fallo del 7 de noviembre de 2025 (Rol Nº 59.530-2024), revocó la sentencia que había ordenado a la Compañía General de Electricidad (CGE) cumplir una instrucción de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). La Corte Suprema concluyó que el reclamo debía canalizarse mediante los mecanismos previstos en la Ley N° 18.410, y no por la vía del recurso de protección.

El caso se originó cuando el recurrente —identificado como don C. H. B.— interpuso recurso de protección alegando que CGE se negó a cumplir el Ordinario N° 222036 de 2024, por el cual la SEC había acogido su reclamo administrativo y ordenado refacturar consumos entre julio y octubre de 2023. El actor sostenía que la negativa de la empresa y el corte del suministro vulneraban su derecho de propiedad.

En primera instancia, la Corte de Apelaciones acogió la acción constitucional, ordenando a la empresa cumplir íntegramente lo dispuesto por la autoridad sectorial. Sin embargo, la Corte Suprema consideró que la controversia no se relaciona con una privación, perturbación o amenaza de derechos fundamentales susceptible de resolverse por esta vía, sino con el incumplimiento de una decisión administrativa, cuya ejecución se regula en el artículo 15 de la Ley N° 18.410.

El fallo subrayó que “la discusión trabada en autos no se vincula con una materia que corresponda ser dilucidada por medio de la presente acción cautelar de urgencia”, razón por la cual la acción debía ser rechazada. En consecuencia, el máximo tribunal revocó la sentencia de noviembre de 2024 y rechazó el recurso de protección.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la ministra Adelita Ravanales, quien estimó que correspondía confirmar la sentencia apelada. En su opinión, CGE reconoció no haber dado cumplimiento a la instrucción de la SEC y no podía alegar desconocimiento del oficio a la fecha de su apelación, por lo que se configuraba una vulneración actual del derecho de propiedad del recurrente.

Corte Suprema Rol Nº 59.530-2024

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