La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados mediante mensaje presidencial y propone un bono extraordinario de $30.000 por cada menor de hasta 13 años perteneciente al 80% más vulnerable del Registro Social de Hogares. El beneficio sería de cargo fiscal y se pagaría por una sola vez.
El pasado 24 de junio ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N°18401-31, que crea un bono extraordinario de apoyo a la niñez. Propone establecer un aporte excepcional de $30.000 por una sola vez para cada menor de hasta 13 años de edad que, al 1 de junio de 2026, pertenezca al 80% de los hogares más vulnerables del país según el Registro Social de Hogares.
Según el mensaje presidencial, la propuesta responde al aumento del costo de la vida y al mayor impacto que este ha tenido sobre los hogares con niños, niñas y adolescentes. El Ejecutivo sostiene que este grupo enfrenta mayores gastos permanentes asociados a alimentación, educación, salud, transporte y cuidados, lo que justifica una medida excepcional y transitoria de apoyo económico.
El proyecto establece que el bono será de cargo fiscal, no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal, no será imponible ni tributable y tampoco estará afecto a descuentos. Cada menor causante dará derecho a un solo bono.
La iniciativa dispone que serán causantes del beneficio los menores de hasta 13 años que, al 1 de junio de 2026, integren hogares pertenecientes al 80% más vulnerable conforme al Registro Social de Hogares. Los beneficiarios serán, según corresponda, quienes perciban el Subsidio Familiar, la Asignación Familiar o Maternal, el subsidio contemplado en el artículo 35 de la Ley N.º 20.255 o las transferencias monetarias del subsistema «Seguridades y Oportunidades». En los demás casos, el bono corresponderá al jefe o jefa del hogar.
La Subsecretaría de Evaluación Social elaborará la nómina de causantes y beneficiarios utilizando la información del Registro Social de Hogares y otros registros administrativos necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos legales.
El bono se pagará en una sola cuota por las instituciones que actualmente administran las prestaciones familiares correspondientes. Respecto de los beneficiarios que no reciban dichas prestaciones, el pago será efectuado por el Instituto de Previsión Social, privilegiando medios electrónicos. El beneficio podrá cobrarse dentro del plazo de nueve meses desde la emisión del pago.
La Superintendencia de Seguridad Social tendrá la supervigilancia y fiscalización del otorgamiento del beneficio y dictará las normas necesarias para su aplicación. Por su parte, el Instituto de Previsión Social conocerá y resolverá los reclamos relacionados con el bono. El proyecto contempla un plazo de quince meses para reclamar por el no otorgamiento del beneficio y regula la restitución de los pagos percibidos indebidamente.







