Ley restablece el feriado bancario

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Una reforma legal incorpora un nuevo inciso al artículo 38 de la Ley General de Bancos.

El Congreso Nacional aprobó la Ley N° 21.791, publicada en el Diario Oficial el 17 de diciembre de 2025, que modifica la Ley General de Bancos para restablecer el denominado feriado bancario. La norma establece que los bancos no atenderán presencialmente al público el 31 de diciembre de cada año ni los días sábado, salvo autorización expresa de la autoridad competente.

La ley incorpora un nuevo inciso segundo en el artículo 38 del decreto con fuerza de ley N° 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, que contiene el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos.

La ley tuvo origen en una moción parlamentaria presentada por las senadoras y senadores Ximena Rincón González, Fidel Espinoza Sandoval, Ricardo Lagos Weber, Gastón Saavedra Chandía y Matías Walker Prieto, y fue tramitado como una modificación puntual, sin alterar la estructura general del sistema bancario.

Ley N° 21.791

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