Marcelo Drago sobre Ley de Protección de Datos Personales: “La ley va a entrar en vigencia; la única discusión es la fecha exacta”

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El presidente de la Asociación de Profesionales en Protección de Datos Personales de Chile y expresidente del Consejo para la Transparencia analizó en conversación con Actualidad Jurídica, el blog de DOE, el debate sobre una eventual modificación o postergación de la entrada en vigencia de la Ley N°21.719. En ese contexto, advirtió que cualquier ajuste debe ser acotado, entregar certeza jurídica y no desincentivar a las organizaciones que ya comenzaron sus procesos de adecuación.

El Gobierno está evaluando modificar o postergar la entrada en vigencia de la Ley N°21.719, originalmente prevista para el 1 de diciembre de 2026. ¿Cómo interpreta esta señal y qué impacto podría tener en el proceso de implementación del nuevo régimen de protección de datos personales?

La miramos con atención. Soy de los que creen que los plazos y los compromisos deben cumplirse, sobre todo cuando están fijados por ley: eso es de la esencia de la seguridad jurídica.

En este caso, los plazos fueron especialmente generosos. La reforma requirió cerca de siete años de tramitación legislativa y la propia ley contempló dos años de vacancia, precisamente para preparar su implementación.

Como señalamos en nuestra declaración pública, una decisión de esta naturaleza debe analizarse con especial cuidado, porque una postergación excesiva pone en riesgo la certeza jurídica y no considera el trabajo de las numerosas organizaciones que, confiando en los plazos legales, ya invirtieron y están ejecutando seriamente sus planes de cumplimiento.

Lo que falló aquí no fue la ley ni su calendario. Lo que falló fue el proceso de nombramiento del Consejo Directivo de la nueva Agencia, que está trabado desde mayo y todavía no se resuelve.

Hay un contraste que llama la atención: vemos a muchas empresas conscientes del cambio y preparándose con seriedad, pero no observamos el mismo dinamismo en el Estado.

Uno de los argumentos planteados apunta a las dificultades para instalar la nueva Agencia de Protección de Datos Personales y conformar su Consejo Directivo. ¿Es viable que la ley entre en vigencia sin una institucionalidad plenamente operativa?

Ese es justamente el punto que hay que resolver.

El adelanto de la instalación de la Agencia fue una de las recomendaciones clave de la Comisión Asesora Ministerial para la implementación de la nueva ley, y es muy importante que así se haga.

Una reforma de esta envergadura necesita a su autoridad funcionando antes de la entrada en vigencia, dictando los reglamentos, instrucciones y criterios interpretativos que dan certeza a los regulados.

Pero eso debe hacerse con plazos acotados y con agilidad. Como planteamos en nuestra declaración, la prioridad debe ser designar a los consejeros e instalar la Agencia, con el Consejo Directivo designado a más tardar el 1 de diciembre de 2026.

¿Qué riesgos supone una eventual postergación para las organizaciones públicas y privadas que ya han comenzado a prepararse para cumplir con las nuevas obligaciones legales?

El principal riesgo es perder el impulso que hoy existe en todas las organizaciones que usaron los dos años de vacancia para prepararse.

Muchas definieron cronogramas, aprobaron presupuestos, capacitaron equipos y tienen planes de cumplimiento en plena ejecución.

Una postergación excesiva las castigaría por haber hecho las cosas bien. Por eso dijimos en nuestra declaración que la prórroga no puede transformarse en un salvavidas para las empresas ni para los órganos del Estado que no avanzaron oportunamente.

Esperemos que esa voluntad de cumplimiento no se diluya.

Desde la perspectiva de los titulares de datos, ¿qué efectos podría tener retrasar la aplicación de una normativa que busca fortalecer derechos como el acceso, rectificación, oposición, portabilidad y protección frente al tratamiento indebido de información personal?

Para los titulares, cada mes de postergación significa más tiempo en que la protección de sus datos personales no se hace efectiva.

También implica más tiempo sin poder ejercer plenamente sus derechos de acceso, rectificación, oposición o portabilidad, ni contar con una autoridad que los ampare frente a tratamientos de datos ilegales o indebidos.

Esto ocurre justo cuando existe una creciente preocupación y toma de conciencia ciudadana en muchos niveles: los datos de niños, niñas y adolescentes, los datos de salud, la biometría y el uso de datos en sistemas de inteligencia artificial.

Chile esperó años para contar con una legislación moderna en esta materia; los titulares no deberían tener que esperar más de lo estrictamente necesario.

Si el problema principal está en la instalación de la Agencia, ¿sería más razonable postergar toda la ley o solo ajustar gradualmente la entrada en funcionamiento de ciertos aspectos institucionales, fiscalizadores o sancionatorios?

Puede ser una alternativa también.

Lo importante es que el camino que se elija sea puntual, quirúrgico y entregue certeza jurídica a todos.

Nuestra posición es que el fondo y la esencia de la ley están bien resueltos y solo se requieren adecuaciones puntuales para facilitar su implementación, sin reabrir su contenido sustantivo.

Si se opta por un aplazamiento, planteamos que sea acotado: un máximo de seis meses contado desde el plazo actualmente vigente. Plazos mayores son innecesarios y desproporcionados.

También existen herramientas de gradualidad que la propia ley permite. Por ejemplo, una primera etapa de supervisión orientada al cumplimiento, que privilegie la orientación y la corrección antes que la sanción, sin perjuicio de la debida respuesta frente a infracciones graves o deliberadas.

Además, puede considerarse una implementación gradual para micro y pequeñas empresas, aprovechando el régimen especial previsto para ellas.

Más allá de la decisión legislativa que se adopte, ¿qué deberían hacer desde ya las empresas, organismos públicos y profesionales encargados de cumplimiento para no transformar esta incertidumbre en una excusa para detener sus procesos de adecuación?

Lejos de detenerlos, este momento debe servir para reimpulsar los procesos de adecuación, tanto en las organizaciones que ya los tienen en marcha como en las que aún no han empezado, particularmente en algunos órganos del Estado.

La ley va a entrar en vigencia; la única discusión es la fecha exacta, y prepararse a tiempo siempre será más barato y más ordenado que hacerlo contra el reloj.

Desde la Asociación de Profesionales en Protección de Datos Personales de Chile, además, hemos propuesto medidas concretas para acompañar ese proceso: un programa nacional de acompañamiento y un canal oficial de consultas, con guías, modelos y capacitaciones dirigidas especialmente a organismos públicos, empresas y pymes.

También hemos planteado una campaña nacional de educación en protección de datos y una mesa permanente de colaboración público-privada.

Como gremio de profesionales de la protección de datos, estamos disponibles para colaborar en que esta implementación sea exitosa.

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