La Ley Nº 21.828 incorpora un nuevo capítulo al Código del Trabajo y establece la obligación de elaborar un informe anual sobre equidad de género para determinadas empresas. La información deberá remitirse a la Dirección del Trabajo y mantenerse disponible para consulta pública.
El 23 de julio se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.828, que incorpora un nuevo Capítulo III al Título III del Libro I del Código del Trabajo bajo la denominación «De las medidas para la inclusión de las mujeres trabajadoras en las empresas». La norma crea la obligación de elaborar un informe anual sobre el estado de la equidad de género al interior de determinadas organizaciones, con el propósito de fortalecer la transparencia respecto de las medidas adoptadas en esta materia.
La ley dispone que deberán cumplir esta obligación las empresas con 200 o más trabajadores. También estarán obligadas aquellas que tengan 50 o más trabajadores y pertenezcan a los sectores minero, investigación y desarrollo, financiero, energía, transporte y construcción.
El informe deberá incluir, al menos, el porcentaje de participación de mujeres en la organización, indicadores sobre su presencia en cargos de responsabilidad, medidas destinadas a favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, antecedentes relativos a brechas salariales y otras acciones implementadas para promover la equidad de género. Asimismo, los parámetros para su elaboración serán fijados mediante resolución del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, previo informe del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
La información deberá confeccionarse y enviarse electrónicamente durante el mes de marzo de cada año a la Dirección del Trabajo. Posteriormente, este organismo remitirá los antecedentes al Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género y al Consejo Superior Laboral dentro de los primeros cinco días hábiles de abril. Además, el informe deberá mantenerse disponible en los respectivos sitios electrónicos de las empresas.






