28-03-2024
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Política Nacional de Parques Urbanos

El objeto de la presente política es generar un marco consensuado para orientar y promover el desarrollo de parques urbanos sostenibles.

El 16 de junio se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 17 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la Política Nacional de Parques Urbanos.

El objetivo de la presente política son los parques urbanos, los cuales son comprendidos como aquellos espacios libres de uso público, ubicados dentro de los límites urbanos, con una superficie mínima de dos hectáreas y una cobertura vegetal predominante, que pueden estar eventualmente dotados de instalaciones para el desarrollo de actividades de recreación, deporte, culturales u otras, y que otorgan beneficios ambientales y sociales en el territorio donde se emplazan.

Asimismo, el objetivo general es generar un marco consensuado a nivel nacional para orientar y promover el desarrollo de parques urbanos sostenibles.

La visión de esta política es que Chile cuente con más y mejores parques urbanos, integrados con equidad y pertinencia a las ciudades y territorios, que aporten a su desarrollo sostenible y fortalezcan su identidad, contribuyan a mejorar la calidad de vida y el bienestar de las personas, y sean espacios inclusivos, de calidad, confortables, flexibles, resilientes y seguros.

Para efectos de la visión y el objetivo general de la presente política se desarrollarán por medio de 6 ámbitos estratégicos. Dichos ámbitos constituyen los temas claves sobre los que se enfoca la Política. Los ámbitos estratégicos son los siguientes: Integración social y territorial; Bienestar, salud y seguridad; Medioambiente, resiliencia y cambio climático; Pertinencia territorial: identidad, paisaje y patrimonio; Financiamiento, generación de valor y desarrollo local; Gobernanza, institucionalidad y participación. En cada uno de ello se formula un objetivo estratégico y una serie de objetivos específicos. Con el objeto de cumplir con los objetivos y lineamientos de la Política Nacional de Parques Urbanos, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo liderará la elaboración de un plan de implementación intersectorial. Las acciones del plan de implementación están destinadas a materializar cada uno de los lineamientos de la Política.

Decreto N° 17

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