La iniciativa modifica la Constitución para establecer la obligación de realizar exámenes periódicos de detección de sustancias estupefacientes o sicotrópicas ilícitas a diversas autoridades. Además, dispone que un resultado positivo podrá generar la cesación en el cargo o la incompatibilidad para ejercer determinadas funciones, salvo que exista un tratamiento médico debidamente acreditado.
El Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de reforma constitucional contenido en el Boletín N° 18.521-07, denominado «Modifica la Constitución Política para incorporar una causal de cesación e incompatibilidad por detección de sustancias estupefacientes o sicotrópicas ilícitas». La iniciativa fue presentada el 3 de agosto y propone incorporar nuevas reglas permanentes en la Constitución para uniformar el régimen de control de consumo de estas sustancias respecto de determinadas autoridades del Estado.
La iniciativa modifica el artículo 8° de la Constitución para establecer que un conjunto de autoridades deberá someterse, al asumir sus funciones y periódicamente durante su ejercicio, a exámenes destinados a detectar la presencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas ilícitas. La forma de realizar estos controles, su periodicidad y los procedimientos aplicables serán regulados por una ley de quórum calificado, la que además podrá incorporar a otras autoridades o funcionarios.
El proyecto también dispone que los resultados de dichos exámenes tendrán carácter público, incorporando expresamente este principio en el nuevo inciso que se propone agregar al artículo 8° de la Constitución.
La obligación de someterse a estos exámenes alcanzará al Presidente de la República; ministros de Estado; subsecretarios; diputados y senadores; delegados presidenciales regionales y provinciales; gobernadores regionales; consejeros regionales; secretarios regionales ministeriales; jefes superiores de servicio; magistrados de los tribunales superiores de justicia; Fiscal Nacional y fiscales regionales; Contralor General de la República; comandantes en jefe del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; General Director de Carabineros; Director General de la Policía de Investigaciones; Director Nacional de Gendarmería; alcaldes y concejales.
El proyecto establece que la detección de sustancias estupefacientes o sicotrópicas ilícitas constituirá causal de cesación en el cargo, salvo que el consumo se encuentre justificado por un tratamiento médico debidamente acreditado. La iniciativa precisa que la cesación se hará efectiva conforme a las reglas previstas en la Constitución y en las leyes que regulan el estatuto jurídico de cada una de las autoridades comprendidas.
Junto con lo anterior, la propuesta incorpora un nuevo artículo 38 ter a la Constitución, estableciendo que la detección de sustancias estupefacientes o sicotrópicas ilícitas será incompatible con el ejercicio de los cargos de exclusiva confianza del Presidente de la República señalados en el nuevo inciso del artículo 8°. La única excepción prevista corresponde a los casos en que el consumo esté justificado por un tratamiento médico debidamente acreditado. La ley regulará la forma en que se hará efectiva dicha incompatibilidad.






