25-04-2024
HomeNormativaServicio de Evaluación Ambiental prorroga la suspensión de los procesos de evaluación de impacto ambiental

Servicio de Evaluación Ambiental prorroga la suspensión de los procesos de evaluación de impacto ambiental

La suspensión incluye las declaraciones y estudios de impacto ambiental en los que se sebe iniciar una nueva etapa de participación ciudadana.

Mediante la resolución exenta N° 202099101455 del 26 de junio, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental dispuso prorrogar la suspensión de los plazos respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental hasta el día 30 de julio inclusive.

En este sentido, se suspenden los procesos de evaluación de impacto ambiental asociados a los siguientes proyectos tramitados ante la dirección ejecutiva y direcciones regionales del Servicio de Evaluación Ambiental:

En primer lugar, la tramitación de las declaraciones y estudios de impacto ambiental que se encuentren con un proceso de participación ciudadana actualmente en curso.

En segundo lugar, la tramitación de las declaraciones de impacto ambiental con carga ambiental en las que se decrete la realización de un proceso de participación ciudadana, de conformidad al artículo 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante RSEIA).

En tercer lugar, la tramitación de las declaraciones y estudios de impacto ambiental en los que se abra una nueva etapa de participación ciudadana de conformidad a los artículos 92 y 96 del RSEIA.

En cuarto lugar, la tramitación de los estudios de impacto ambiental que ingresen al SEIA durante el período indicado. En este caso, si se realizará su admisión a trámite, estos se entenderán suspendidos desde esta misma fecha. Además, las copias que sean necesarias para los requerimientos de la ciudadanía deberán entregarse una vez se reactiven los plazos de evaluación.

Finalmente, la tramitación de las declaraciones y estudios de impacto ambiental en los que deba realizarse reuniones con los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Además, prorroga el plazo de presentación de la Adenda, Adenda Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental tramitados ante la dirección ejecutiva y direcciones regionales del Servicio de Evaluación Ambiental, según ciertas reglas. Respecto de los proyectos cuya fecha de presentación de Adenda se encontrase dentro del periodo comprendido entre el día 30 de junio y hasta el 30 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, se prorroga el plazo de presentación de la respectiva Adenda hasta el día 31 de agosto del presente año, por lo que el titular podrá ingresar la Adenda correspondiente en cualquier momento durante todo este periodo hasta el día antes señalado. En el caso de los proyectos que deban ingresar su Adenda en fecha posterior al 31 de agosto de 2020, se mantiene el plazo de presentación de Adenda que haya sido establecido en cualquiera de las siguientes circunstancias. En primer lugar, en el correspondiente informe consolidado de solicitudes de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones (ICSARA). En segundo lugar, en resolución de extensión de plazo de los artículos 38, 41, 50 o 53 del Reglamento del SEIA. En tercer lugar, se haya extendido en virtud de la Resolución Exenta N° 202099101326, de fecha 30 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.

Resolución exenta Nº 202099101455

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación