Aunque los documentos digan “Forma de pago: Contado”.
Aunque los documentos digan “Forma de pago: Contado”.
No se señaló en la querella, en forma expresa y circunstanciada, los actos por los cuales se habría turbado o molestado la posesión de la parte querellante.
Será al momento de la liquidación de ésta, la oportunidad para que se pueda solicitar y debatir la posibilidad de que se descuente, de la cuota correspondiente al cónyuge ejecutado.
Se condenó a BCI Seguros Generales S.A. a pagar a Empresa Constructora Pedro Avilés Romero Y Cía Ltda., la suma de $13.220.326 por concepto de daño emergente.
Corte Suprema declaró inadmisible el recurso, estimó que no se configuró la excepción de cosa juzgada porque el asunto no fue objeto de resolución del tribunal
Lo que se pretende es la modificación de una resolución judicial que estableció derechos permanentes en favor de terceros que no han sido emplazados en esta sede y que se verían afectados patrimonialmente en el evento de acogerse la pretensión.
No hubo un funcionamiento defectuoso o tardío, sin que pueda calificarse la conducta de los profesionales que atendieron a la actora como no ajustada a la lex artis médica.
Aumentó a $40.000.000 la indemnización por daño moral.
se aplicó de manera improcedente el artículo 5 de la Ley 18.010, dejando –a su vez– de aplicar las reglas contempladas el artículo 6 de la misma Ley.
La posesión efectiva de una herencia intestada abierta en Chile debe tramitarse ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.