08-09-2024
HomeJurisprudenciaCorte de Apelaciones autorizó a Gendarmería de Chile para que adopte las medidas conducentes para internar al huelguita en un centro hospitalario

Corte de Apelaciones autorizó a Gendarmería de Chile para que adopte las medidas conducentes para internar al huelguita en un centro hospitalario

Ello con el objeto de que se le brinde una total y completa atención médica en el resguardo de su salud y hasta su completo restablecimiento.

El 21 de junio la Corte de Apelaciones de Concepción en causa rol N° 17147-2024 acogió la acción de protección en favor del interno Héctor Javier Llaitul Carrillanca sólo en cuanto se declara que la decisión adoptada por éste constituye un atentado a su vida e integridad física, de manera que se autoriza a Gendarmería de Chile para que adopte las medidas conducentes para internar, en caso de urgencia, al huelguista en un centro hospitalario, a objeto de que se le brinde una total y completa atención médica en el resguardo de su salud y hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio de que haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento respectivo.

Cabe tener presente que se interpuso una acción de protección por parte de Gendarmería de Chile en favor del interno Héctor Llaitul quien se encuentra actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario Biobío con el objeto de resguardar el derecho a la vida e integridad física de este consagrado en el Constitución Política de la República y amparado por el artículo 20 de la misma. Ello debido a que el amparado inició una huelga de hambre líquida con fecha 03 de junio de 2024.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió la acción interpuesta, toda vez que existe la obligación de Gendarmería de acuerdo con la normativa vigente de suministrar el cuidado y atención de las personas privadas de libertad en los recintos penitenciarios y carcelarios que administra, proporcionar atención médica y alimentación adecuadas a la condición humana y velar por los derechos constitucionales de los internos, en especial por la salud y la vida de éstos, concluyendo que tiene dicha institución la legitimación para deducir la acción presentada.

El hecho que el interno haya iniciado una huelga de hambre liquida, ello amenaza y vulnera las garantías constitucionales invocadas, perturbando también las obligaciones de cuidado y asistencia que debe proporcionarles Gendarmería de Chile. Por lo que se hace necesario e inminente adoptar medidas tendientes a salvaguardar dichos derechos, restableciendo el orden natural de las cosas

Corte de Apelaciones de Concepción Rol N° 17147-2024

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