26-11-2025
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Corte de Apelaciones de Rancagua ordena garantizar acceso a playa La Boca en favor de pescadores artesanales

Cada propietario, poseedor o tenedor de predios colindantes deben dar acceso gratuito a la playa.

El 13 de agosto la Corte de Apelaciones de Rancagua en causa rol N° 226-2025 acogió la acción de protección en favor del Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales Unión La Boca, en contra de un particular y, en consecuencia, este último deberá abstenerse de realizar todo acto que implique impedir o dificultar el acceso a la playa de la Desembocadura de la Boca para fines turísticos y de pesca.

El Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales Unión La Boca interpuso una acción de protección en contra de un particular, quien a juicio del recurrente ha cometido actos ilegales y arbitrarios consistentes en la instalación de cadenas y construcción de zanjas con el objeto de impedir el acceso a la Playa de la Desembocadura de la Boca, perturbando el legítimo ejercicio de los derechos de los recurrentes, consagrados en el artículo 19 N° 2, 3° y 24 de la Constitución Política de la Republica.

La Corte de Apelaciones acogió la acción de protección interpuesta en los términos indicados anteriormente. Hace presente que el recurrido reconoce que sus terrenos colindan con la playa y que no hay acceso a éstas para terceros, solo alega que el acceso histórico a la playa se encuentra en otro lugar de la península y no en su propiedad. Sin embargo, a juicio de la Corte dicha alegación carece de validez por cuanto el ordenamiento jurídico exige que, al no existir un acceso fijado por la autoridad competente, cada propietario, poseedor o tenedor de predios colindantes deben dar acceso gratuito a la playa, lo que se encuentra justificado en el hecho que las playas son bienes nacionales de uso público, por lo que en consecuencia todas las personas pueden acceder y disfrutar de las mismas.

Corte de Apelaciones de Rancagua rol N° 226-2025

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