03-12-2024
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Ejecutivo busca reajustar el monto del Ingreso Mínimo Mensual, llegando a los $500.000 al año 2024

Además pretende aumentar el universo de beneficiarios de la Asignación Familiar y Maternal, y extiende el ingreso mínimo garantizado y el subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas.

El 20 de abril ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 15867-07, proyecto de ley iniciado por el Presidente de la República que reajusta el monto de ingreso mínimo mensual, aumenta el universo de beneficiarios de la asignación familiar y maternal, y extiende el ingresos mínimo garantizado y el subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica.

El ejecutivo propone un reajuste del ingreso mínimo mensual para los años 2023 y 2024, a desarrollarse progresivamente y en distintas etapas. Durante el año 2023, una primera etapa contempla el aumento del salario mínimo de $410.000 a $440.000 a contar del 1° de mayo de 2023 y, en una segunda etapa, a partir del 1° de septiembre de 2023, una nueva alza a $460.000.

Asimismo, la tercera etapa, a desarrollarse durante el año 2024, contempla aumentar el salario mínimo a $500.000 a partir del 1° de julio de ese año. Sin embargo, en caso de que la variación acumulada del índice de precios al consumidor en el año 2023 supere el 6%, dicho aumento se anticipará en $10.000 el 1° de enero de 2024, alcanzando los $470.000, y el 1° de julio de 2024 los $500.000.

Ahora bien, a partir del 1º de mayo de 2023, el ingreso mínimo mensual para los y las trabajadoras menores de 18 y mayores de 65 años se elevará, de manera proporcional, a $328.230, mientras que el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, a $ 283.619.

Por otro lado, el proyecto de ley tiene como objetivo de extender el beneficio de la ley N° 21.218, que crea un subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado, se ajustan los parámetros para beneficiar a trabajadores y trabajadoras con ingresos mensuales de hasta $500.000, prorrogando su vigencia desde el 31 de diciembre de 2023 al 30 de junio de 2024, pues al 1° de julio del mismo año el ingreso mínimo mensual alcanzará dicho monto.

Finalmente, el presente proyecto extiende la vigencia del subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas contemplado en el Título II de la Ley N° 21.456 por dos meses, es decir, hasta el 30 de junio de 2023, para quienes lo hayan solicitado previamente. El monto por trabajador o trabajadora para estos dos nuevos meses será igual a $32.000.

Boletín Nº 15.867-07

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