21-11-2024
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Ejecutivo ingresa proyecto de ley que flexibiliza los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo

Se propone disminuir el número de cotizaciones registradas que permite el acceso a las prestaciones con cargo al FCS, de 12 a 10, en los últimos 24 meses anteriores al término de la relación laboral.

El 05 de junio ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 15.990-13, proyecto de ley iniciado como mensaje por el Presidente de la República, que busca flexibilizar los requisitos de acceso, incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley Nº 19.728 y establece otras modificaciones que indica.

En primer lugar, el proyecto de ley propone disminuir el número mínimo de cotizaciones registradas que permite el acceso a las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual por Cesantía, de 12 a 10 en caso de trabajadoras o trabajadores con contrato indefinido o de casa particular (TCP); y de 6 a 5, en el caso de trabajadoras o trabajadores con contrato a plazo fijo.

Asimismo, se propone disminuir el número de cotizaciones registradas que permite el acceso a las prestaciones con cargo al FCS (Fondo de Cesantía Solidario), de 12 a 10, en los últimos 24 meses anteriores al término de la relación laboral.

En segundo término, el mensaje contempla incrementar los beneficios por cesantía con cargo a la CIC mediante el aumento de tasa de reemplazo del segundo mes de las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual por Cesantía, desde 55% a 60% del respectivo promedio de remuneraciones.

En tercer lugar, se incrementan los beneficios por cesantía con cargo al FCS mediante el aumento de tasa de reemplazo del segundo mes de beneficio y actualización de los límites inferiores y superiores de las prestaciones para las y los trabajadores con contrato indefinido o TCP. En el caso de trabajadoras o trabajadores con contrato a plazo fijo, se agregan giros cuarto y quinto, quedando su tabla de beneficios con cinco giros mensuales, lo que supone un aumento desde los tres giros actuales.

Por otro lado, el proyecto de ley propone incorporar un nuevo titulo para las y los trabajadores que hayan perdido su empleo en una zona declarada en estado de catástrofe por calamidad pública, o se haya declarado una alerta sanitaria que implique la paralización de actividades en todo o parte del territorio del país o en todo el territorio de una región. De acuerdo con lo anterior, el proyecto considera ajustes automáticos para la entrega de prestaciones durante los primeros dos meses de catástrofe.

Al respecto, prevé la disminución del número mínimo de cotizaciones registradas que permite el acceso a las prestaciones con cargo a la CIC, desde 10 a 8, en caso de trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido o TCP; y de 5 a 4, en el caso de trabajadores y trabajadoras con contrato a plazo fijo. Además, se propone la disminución del requisito del número de cotizaciones registradas que permite el acceso a las prestaciones con cargo al FCS, de 10 a 8, en los últimos 24 meses anteriores al término de la relación laboral.

Además, y con el objetivo de avanzar en mayor diversificación y eficiencia del Fondo de Cesantía, el proyecto de ley agrega una clase de activo que aporta al portafolio en términos de mayor retorno y menor volatilidad, lo cual permite obtener un portafolio más eficiente en términos de riesgo-retorno.

Con respecto al Préstamo de cargo fiscal para el financiamiento de prestaciones con cargo al FCS, la nueva propuesta propone modificaciones que permite un préstamo de cargo fiscal para el financiamiento de las prestaciones en régimen, así como también para las prestaciones definidas en el nuevo Título IV (beneficios del FCS durante un estado de catástrofe por calamidad pública o alerta sanitaria), con el objetivo de velar por la sustentabilidad del FCS.

El préstamo se podrá activar siempre que el valor del Fondo de Cesantía Solidario disminuya de cierto monto establecido en la ley, y queda sujeto a que un estudio actuarial concluya que el Fondo de Cesantía Solidario es sustentable luego del préstamo de cargo fiscal.

Finalmente, propone ampliar el concepto “apresto laboral” para reforzar la empleabilidad, el presente proyecto de ley busca reemplazar dicho concepto, para ampliarlo por uno que incluya la intermediación laboral de manera más amplia, con miras a potenciar la empleabilidad, para aumentar las posibilidades de empleabilidad de las personas beneficiarias, y otorgarle de este modo una mayor eficacia a la norma que hoy en día resulta restrictiva, otorgando al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo la administración y fiscalización de los mencionados programas financiados con el Fondo de Cesantía Solidario.

Por último, se establecen disposiciones transitorias que establecen que las normas del proyecto de ley entrarán en vigencia el primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley en el Diario Oficial.

Boletín Nº 15.990-13

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