Los OSCL son instancias estratégicas de diálogo social, coordinación y consenso, integradas por los actores más representativos de los distintos sectores productivos.
El 20 de febrero se publicó en el Diario Oficial la Resolución N° 53 que aprueba las normas reglamentarias que regulan el funcionamiento de los organismos sectoriales de competencias laborales, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el cual tiene por objetivo Principal regular el funcionamiento de los Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL).
Los OSCL son instancias estratégicas de diálogo social, coordinación y consenso, integradas por los actores más representativos de los distintos sectores productivos. Su objetivo es examinar la situación de las competencias laborales en su sector, abordando y anticipando las brechas entre la oferta y la demanda de capital humano, con una perspectiva de mediano y largo plazo.
Agrega la resolución que los OSCL deberán definir y proyectar la participación de su sector o actividad económica en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales.
En cuanto a las funciones y las atribuciones de los OSCL encontramos:
- Elaborar orientaciones estratégicas vinculadas a las Unidades de Competencias Laborales (UCL).
- Solicitar la acreditación de UCL nuevas y actualizadas y proponerle su adquisición.
- Proveer información sobre los requerimientos de capital humano del sector productivo al que representan, así como definir los requerimientos para la capacitación, formación y certificación de cada perfil ocupacional.
- Propiciar la certificación de competencias laborales y la búsqueda de financiamiento para ello.
Para el cumplimiento de dichas funciones los OSCL contaran con el apoyo de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales quien brindará apoyo metodológico y administrativo a través de una Secretaría Técnica.
Los OSCL, deben estar compuestos por representantes de la Administración Central del Estado, de los empleadores y de los trabajadores relacionados con un sector productivo. El funcionamiento de los OSCL será permanentemente a través de reuniones periódicas, presenciales o telemáticas.
Por último, agrega la norma que los OSCL deberán presentar un informe anual de las actividades ejecutadas a mas tardar en el mes de julio de cada año.