Los trabajadores a distancia que distribuyan libremente su horario y los teletrabajadores excluidos de la limitación de jornada de trabajo, tienen derecho a desconexión por un tiempo de, al menos, doce horas.
El 10 de octubre ingresó al Senado el boletín Nº 16349-13, proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, para perfeccionar la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo y garantizar el derecho a la desconexión.
La presente propuesta tiene como objetivo realizar cambios legislativos para que el teletrabajo como alternativa flexibilizadora del mundo laboral se desarrolle, y para que lo haga con el adecuado equilibrio entre flexibilidad de las condiciones laborales y el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores.
En este contexto, el proyecto de ley establece que los trabajadores a distancia que distribuyan libremente su horario y los teletrabajadores excluidos de la limitación de jornada de trabajo, tienen derecho a desconexión por un tiempo de, al menos, doce horas continuas en un periodo de veinticuatro horas, durante el cual no estarán obligados a acusar recibo ni responder comunicaciones, órdenes u otros requerimientos del empleador.
El inicio y término de la desconexión podrá informarse mediante el envío de un correo electrónico u otra comunicación telemática pactada, sin que se entienda que, a falta de esta comunicación, el derecho no ha sido ejercido.
Además establece la prohibición al empleador establecer comunicaciones con el trabajador, en todo caso y por cualquier vía, durante el periodo de desconexión, días de descanso, de permisos o feriado anual. El incumplimiento de esta prohibición constituye vulneración de los derechos fundamentales del trabajador en los términos establecidos en el artículo 485 del Código del Trabajo.