Las empresas deberán elaborar y ejecutar anualmente programas de capacitación a su personal con el objeto de otorgarles herramientas para una efectiva inclusión de género bajo principios de equidad e igualdad de género.
El 08 de marzo ingresó al Senado el Boletín Nº 15.725-13, proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de establecer políticas de equidad de género e igualdad de derechos en las empresas.
Al respecto, se establece que al menos uno de los trabajadores que se desempeñe en funciones relacionadas con recursos humanos dentro de la empresa deberá contar con conocimientos específicos en materias que fomenten la equidad de género e igualdad de derechos. Se entenderá que tienen estos conocimientos los trabajadores que cuenten con una certificación al respecto otorgada por el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales establecido en la Ley N° 20.267.
En ese sentido, el proyecto de ley señala que las empresas deberán promover en su interior políticas destinadas a eliminar toda forma de discriminación arbitraria contra las mujeres, a reconocer las diversidades de géneros existentes dentro de la empresa, y en definitiva, a asegurar la superación de los estereotipos, prejuicios y prácticas sociales y culturales basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos de los trabajadores.
Por otro lado, se establece que las empresas deberán elaborar y ejecutar anualmente programas de capacitación a su personal, con el objeto de otorgarles herramientas para una efectiva inclusión de género bajo principios de equidad e igualdad de género. Estos programas y medidas deberán ser informadas por la empresa, anualmente, a la Dirección del Trabajo, de conformidad a los principios y directrices establecidos en el Plan Nacional de Igualdad entre hombres y mujeres elaborado por el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género.
Las empresas tendrán el plazo de un año contados desde la publicación de la ley, para realizar los respectivos cambios a los reglamentos internos y para efectuar las capacitaciones señaladas anteriormente.