Propone establecer una nueva obligación en los planes de manejo respecto de los bosques artificiales adyacentes a zonas urbanas, asentamientos rurales y carreteras.
El 15 de marzo ingresó al Senado el boletín Nº 15.741-01, proyecto de ley que modifica la Ley de Bosques, con el objeto de disponer la construcción y mantención obligatoria de cortafuegos en los casos que indica.
La iniciativa propone establecer una nueva obligación en los planes de manejo respecto de los bosques artificiales adyacentes a zonas urbanas, asentamientos rurales y carreteras, que consiste en la construcción y mantención de cortafuegos, de la magnitud y características determinadas por la autoridad que se defina durante la discusión legislativa de la presente moción.
Al respecto, establece que tratándose de bosques artificiales adyacentes a zonas urbanas, asentamientos rurales y carreteras, los respectivos planes de manejo aprobados de conformidad a las modalidades y obligaciones dispuestas en el DL N.° 701, de 1974, sobre fomento forestal, deberán incorporar la construcción y mantención obligatoria de cortafuegos, cuya magnitud y características serán determinadas por un reglamento.
Así, la moción señala que cuando se trate de aquellos predios contemplados en el N°17 del artículo 2° de la Ley N.° 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, el Estado promoverá las acciones y programas de apoyo pertinentes, que permitan a sus propietarios el cumplimiento de la obligación señalada en el inciso anterior, sin perjuicio del deber de los mismos de cumplirla.