21-11-2024
HomeNoticiasProyecto de ley pretende robustecer las facultades fiscalizadoras del Concejo Municipal

Proyecto de ley pretende robustecer las facultades fiscalizadoras del Concejo Municipal

Se dota de mejores herramientas jurídicas y administrativas al Concejo Municipal, junto con otorgar mayores estándares de transparencia y probidad.

El 15 de octubre del 2024 ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 17192-06 que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, para fortalecer las facultades fiscalizadoras del concejo municipal.

El presente proyecto busca fortalecer las facultades fiscalizadoras del Concejo Municipal, considerando los episodios de corrupción de la última década en las municipalidades del país. Se pretende reformar y reestructurar la función fiscalizadora lo cual es primordial, para facilitar el ejercicio de las potestades consagradas en la ley para las y los concejales. Así mismo, busca establecer mayores estándares de transparencia y de probidad en el ejercicio de ciertos derechos, como es el caso del vehículo municipal, considerando a la acumulación de sanciones por el Consejo para la Transparencia, entre otras.

En cuanto a la fundamentación del proyecto señala el contexto nacional de corrupción en las municipalidades, por lo cual busca dar facultades de solicitud de información, a los organismos o funcionarios municipales, respecto de materias de su competencia. Y además facultades de solicitud de información, a empresas, corporaciones, fundaciones o asociaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad.

En concreto establece el proyecto que los casos en que corresponda proceder mediante contratación directa, el Concejo, podrá mediante el voto de dos tercios de los concejales en ejercicio, podrá requerir información detallada sobre la contratación directa, siempre que ésta exceda las cincuenta unidades tributarias mensuales. Dicha solicitud deberá fundarse por escrito, y podrá convocarse a sesión extraordinaria para que el alcalde informe sobre la pertinencia de la contratación directa, dejando constancia del informe por vías escritas o digitales, que quedarán para el Concejo a su entera disposición.

Y en cuanto al uso del vehículo municipal por el alcalde o alcaldesa, y la inversión de recursos en él, deberá realizarse conforme a la eficiencia del uso de los recursos públicos y con respeto a la probidad administrativa. Conforme a lo anterior, el Concejo Municipal mediante el voto de dos tercios de los concejales en ejercicio, podrá solicitar informes al Alcalde, que contengan detalles y documentación sobre la inversión, el uso, o disposición del vehículo municipal que le corresponde. La facultad precedente podrá realizarse una vez al semestre como máximo

Boletín N° 17192-06

Comparte el contenido:
Post Tags