El accidente y su posterior evolución causaron al actor un dolor y angustia que conforman un menoscabo de carácter no patrimonial que la demandada se encuentra obligada a reparar.
El demandado ha debido probar que empleó el debido cuidado en el uso del inmueble, lo que no hizo, lo que conlleva a la obligación que le asiste de indemnizar los perjuicios derivados de aquella.
El máximo tribunal rechazó un recurso de casación en el fondo y validó la restitución de un inmueble, al estimar que la ocupación actual carece de título y se explica solo por tolerancia del dueño.
La Corte de Apelaciones descartó ilegalidad u omisión de autoridades frente a denuncias por contaminación acústica, destacando fiscalización en curso y ausencia de infracciones acreditadas.
Corte de Concepción confirma cautelares por caso Bruma La Tercera Sala mantuvo las medidas de firma quincenal, arraigo nacional y prohibición de comunicación respecto de tres imputados por siete cuasidelitos de homicidio. Además, confirmó el rechazo de la supervisión judicial solicitada por el Ministerio Público respecto de Blumar S.A.