La iniciativa señala como grandes objetivos el reconocimiento de la disciplina, su puesta en valor, el fomento de las distintas etapas de su cadena de valor, y la protección de la labor artesanal y sus materias primas.
El 17 de octubre ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 16371-24, proyecto de ley que inicia el Presidente de la República, sobre protección y fomento de la artesanía, el cual tiene como objetivo apoyar, proteger, salvaguardar y fomentar el desarrollo de la artesanía, así como dotarla de un marco normativo apropiado.
El presente proyecto de ley se puede estructurar en tres principales ejes. El primero tiene que ver con el reconocimiento de la práctica artesanal y de sus creadores(as) por su aporte cultural, social y económico.
En este primer apartado, la iniciativa señala como grandes objetivos el reconocimiento de la disciplina, su puesta en valor, el fomento de las distintas etapas de su cadena de valor, y la protección de la labor artesanal y sus materias primas. Además, en su artículo 3 se definen los conceptos de artesanía, artesano(a), feria y taller artesanal, entre otros conceptos de relevancia para el sector.
Asimismo, se elevan a rango legal los ya existentes premios “Sello de Excelencia” y “Maestro(a) Artesano(a)”, y se crea la versión regional de este último. Asimismo, se declara el día 7 de noviembre como el Día Nacional de la Artesanía.
En segundo lugar, respecto de nuevos mecanismos de participación institucionalizada y descentralizada, la nueva propuesta establece la creación de un Consejo Nacional de Artesanía, presidido por el(la) Subsecretario(a) de las Culturas y las Artes, un(a) representante del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural y dos representantes de la academia.
Además, contará con representación de las diversas regiones del país, siendo también integrado por un representante de cada una de ellas. Sus funciones principales consisten en asesorar al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en la formulación de la Política Nacional de Artesanía, seleccionar el Premio Maestro(a) Artesano(a), y proponer medidas y acciones que contribuyan al desarrollo de las diversas manifestaciones de la artesanía.
Por último, el tercer eje que contempla de la propuesta la elaboración de la Política Nacional de Artesanía, que será un instrumento de planificación que establece objetivos para lograr el desarrollo de la actividad artesanal y de los(as) artesanos(as), en un período de cinco años.
La Política deberá contener, al menos, el diagnóstico, los objetivos y lineamientos generales para el desarrollo de la artesanía con una mirada de mediano plazo; los principios de la política cultural relativa a la artesanía; los ejes de desarrollo del campo de la artesanía, considerando, entre otros: la creación y producción, reconocimiento y puesta en valor de la artesanía y creadores(as), participación y acceso, formación y educación artística, difusión, circulación y comercialización.
Así, la iniciativa establece la creación del Registro Nacional de Artesanía como único registro oficial, público y gratuito, el que será administrado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo funcionamiento será regido por una resolución de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, con los aportes del Consejo Nacional de Artesanía. Será la herramienta para la identificación de artesanos(as) y permitirá focalizar medidas y permitir el acceso a los beneficios establecidos en el presente proyecto de ley.