Corte Suprema rechaza acción de protección por destitución funcionaria

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El máximo tribunal estimó que la controversia ya se encuentra sometida a conocimiento de la judicatura laboral.

La Corte Suprema, en sentencia de 6 de abril, dictada en la causa Rol N° 1441-2026, revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de 12 de diciembre de 2025 y rechazó el recurso de protección deducido contra el Decreto Alcaldicio N° 12.388, de 9 de octubre de 2025.

La acción fue interpuesta por un funcionario, quien solicitó dejar sin efecto el decreto que rechazó la reposición deducida contra la medida disciplinaria de destitución, con el objeto de ser restablecido en sus derechos funcionarios. Según el fallo, el recurrente pidió expresamente que se invalidara el decreto que ordenó su destitución y se adoptaran las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho.

La Corte consignó que ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso se tramita la causa RIT N° T-922-2025, sobre denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, en la que el mismo funcionario impugna la medida de destitución. En esa sede sostiene que la sanción constituiría una represalia por haber manifestado aprehensiones y denunciado conductas de acoso. La audiencia de juicio quedó programada para el 5 de enero de 2027.

En dicho procedimiento laboral, además, el actor pretende que se declare que la instrucción del sumario vulneró sus derechos fundamentales y que el procedimiento es nulo, solicitando que se deje sin efecto la destitución, se le restituya en el cargo y se le paguen remuneraciones. En subsidio, pidió que la sanción sea calificada como desproporcionada y se modifique, ordenando su reintegro junto con las indemnizaciones y prestaciones que detalla la demanda.

A partir de esos antecedentes, el máximo tribunal concluyó que los hechos y fundamentos fácticos del recurso ya se encuentran sometidos al conocimiento del tribunal competente en materia laboral. En consecuencia, la controversia está “bajo el amparo del derecho” y cuenta con un procedimiento apto para que las partes hagan valer sus pretensiones y defensas, con las garantías procesales correspondientes.

La Corte Suprema reiteró que el recurso de protección, en cuanto acción cautelar y de tutela urgente, no constituye la vía idónea cuando la misma materia está siendo conocida en un procedimiento específico que permite resolver el conflicto de fondo. En este caso, la existencia de una acción de tutela laboral en tramitación fue decisiva para descartar la procedencia de la acción constitucional.

Corte Suprema Rol N°1441-2026

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