22-01-2025
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Agencia Nacional de Ciberseguridad iniciará actividades el 01 de enero del 2025

Establece los requisitos para el ingreso y promoción de los diversos cargos de la Agencia.

El 24 de diciembre se publicó en el Diario Oficial el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-21.663, el cual fija la planta de personal de Directivos de la Agencia Nacional de Ciberseguridad y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la Ley N° 21.663.

La nueva normativa fija para el 01 de enero del 2025 el inicio de actividades de la Agencia Nacional de Ciberseguridad.

Asimismo, se establece como fecha de entrada en vigencia de las normas establecidas en la ley N° 21.663 la cual será el 1 de enero de 2025 con excepción de lo dispuesto en los artículos 5°, 8°, 9° y Título VII de la ley N° 21.663, cuya fecha de entrada en vigencia será el 1 de marzo de 2025.

Por otro lado, establece los requisitos para el ingreso y promoción de los diversos cargos de la Agencia.

DFL

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