Se acaba de publicar la Ley N° 21.801 que prohíbe el uso de dispositivos móviles en establecimientos de educación parvularia y escolar a partir de este año[1].
La intención es correcta, pero el problema radica —nuevamente— en la técnica legislativa: se establece una prohibición de carácter
Hay un viejo refrán que dice: “lo obvio por obvio se calla y por callado se olvida”. La Excma. Corte Suprema en un reciente fallo nos volvió a recordar lo obvio: hacer trampa es una falta grave a la probidad administrativa, derribando -esperamos que de