La apoderada amenazó y agredió física y psicológicamente a profesores, además de insultar y gritar improperios delante de alumnos.
La dilación en el pronunciamiento era ilegal y arbitraria, pues vulneraba el derecho a la igualdad ante la ley al generar una discriminación en perjuicio de la recurrente.
Realizar un nuevo cerco representa una manifestación autotutelar que no resulta aceptable en el marco de un Estado de Derecho, y por tanto, es ilegal y arbitraria.
Corte Suprema señaló que el ministerio al conocer del error ocurrido en SAE no solucionó el problema trasgrediendo los principios de celeridad, conclusivo y de economía procedimental.
El actuar del Colegio pretendió asegurar el cumplimiento y realización del proyecto de la comunidad, buscando resguardar la integridad psíquica y física de los demás alumnos y docentes.
Las compensaciones que realiza la TGR constituyen el legítimo ejercicio de una facultad que le ha sido otorgada legalmente.
El Instituto AIEP condicionó la matrícula al pago de la deuda, obstaculizando el proceso de titulación de la recurrente.
Enel no logró justificar el aumento significativo en el cobro del servicio eléctrico entre diciembre de 2017 y abril de 2018, ni explicar cómo determinó el monto facturado.