27-11-2025
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Constanza Montt sobre ley de tres causales: “Fue un avance mínimo, sigue supeditando la decisión de las mujeres a valores externos”

En conversación con Actualidad Jurídica: El Blog de DOE, y en el marco de las Jornadas sobre Derecho, Género y Diversidad de la Universidad Austral de Chile, Constanza Montt, jefa regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos en Los Ríos y docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales UACh, analizó las limitaciones estructurales de la Ley Nº 21.030, que despenaliza el aborto en tres causales, y su persistente anclaje en nociones de moralidad y familia.

Desde una lectura crítica del orden jurídico, advierte que el Estado mantiene un enfoque restrictivo que posterga el reconocimiento del aborto como derecho fundamental.

Utilizaste el concepto de “gatopardismo” en tu participación en las Jornadas sobre Derecho, Género y Diversidad de la UACh, aludiendo a que todo cambia para que nada cambie. ¿Cómo se manifiesta esa lógica en la regulación del aborto en Chile?

Ese “gatopardismo” se evidencia en la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo por Tres Causales. Más que un avance real en materia de derechos sexuales y reproductivos, lo que observamos es una despenalización acotada, no una política pública integral. Si uno revisa la evolución normativa —desde su regulación en el Código Sanitario hasta la ley vigente— se mantiene un enfoque que limita la autonomía de las mujeres.

La causal de violación puede considerarse un progreso simbólico, pero resulta insuficiente frente a la persistencia de marcos morales y familiares que siguen definiendo quién puede decidir y bajo qué circunstancias. En la práctica, incluso con la ley, la libertad deliberativa de las mujeres sigue bloqueada.

En tu revisión histórica mostraste que la noción de “familia y moralidad” atraviesa toda la legislación sobre aborto. ¿Por qué crees que ese marco se ha mantenido por más de un siglo?

Porque el derecho chileno sigue operando bajo parámetros morales más que desde una lógica de derechos. La regulación actual continúa centrada en la idea de “exculpación” —la mujer se justifica ante una situación extrema, como riesgo vital, inviabilidad fetal o violación—, pero no en su capacidad de decidir.

En ese sentido, la ley actual no reconoce a la mujer como sujeto de derecho, sino como alguien que debe ser “perdonada” frente a circunstancias externas. Esa continuidad histórica muestra que la moralidad y la familia siguen siendo los enclaves ideológicos del orden jurídico.

Mencionaste que las encuestas muestran un apoyo mayoritario al aborto, pero que las decisiones políticas han ido en sentido contrario. ¿Qué explica esa desconexión entre ciudadanía y legisladores?

Existe una brecha profunda entre la voluntad popular y las decisiones políticas. Mientras la ciudadanía avanza hacia una mayor aceptación del aborto y de los derechos reproductivos, quienes legislan suelen actuar guiados por convicciones personales y valoraciones morales, no por el interés general.

Esa desconexión no es nueva: la vimos en debates como el del divorcio o el matrimonio igualitario. En todos esos casos, la sociedad cambió antes que el Parlamento, y los valores personales de quienes ejercen poder terminaron bloqueando el mandato soberano del electorado.

 

Además, presentaste datos del INDH que evidencian altos niveles de objeción de conciencia, especialmente en la causal de violación. ¿Qué responsabilidad tiene el Estado frente a esta vulneración de derechos?

El problema está en el vicio de origen de permitir la objeción de conciencia institucional. La objeción solo tiene sentido en el plano personal, vinculada a convicciones íntimas. Trasladarla al ámbito institucional convierte una garantía individual en un mecanismo de bloqueo colectivo.

El Estado tiene la obligación de garantizar el acceso efectivo a las prestaciones de salud mediante medidas afirmativas, asegurando que los servicios públicos brinden atención sin sesgos ni obstáculos morales. Además, debe haber educación sexual integral y capacitación en salud y docencia, porque sin una formación coherente y transversal, el enfoque de derechos queda en el papel.

Por otro lado, planteaste que organismos internacionales han hecho recomendaciones concretas a Chile. ¿Cuáles consideras prioritarias para garantizar derechos sexuales y reproductivos?

La más urgente es la educación sexual integral, tanto en el sistema escolar como en la formación de profesionales de la salud. Esto debe complementarse con apoyo psicológico y acompañamiento terapéutico para las mujeres que interrumpen un embarazo, de modo que el ejercicio del derecho sea integral —antes, durante y después del procedimiento—.

Los organismos internacionales insisten en que la prevención, la información y la educación son pilares básicos de un Estado que realmente protege los derechos de las mujeres.

Finalmente, concluiste que la actual ley posterga el reconocimiento del aborto como derecho fundamental. ¿Qué reforma estructural crees indispensable para avanzar en esa línea?

Chile necesita una reforma estructural que cambie el enfoque: del control moral al reconocimiento de derechos.

No basta con una nueva ley que amplíe causales; es necesario trasladar el debate desde la salud pública hacia el ámbito de los derechos fundamentales, garantizando libertad, decisión y no estigmatización.

La discusión debe darse con estándares democráticos y políticas públicas consistentes —educación, salud y derechos— que se integren de forma coherente. Solo así podremos hablar de una regulación del aborto centrada en la dignidad y autonomía de las mujeres, y no en consideraciones morales externas.

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