Constituye un acto ilegal y arbitraria que vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental.
El pasado 13 de noviembre la Corte de Apelaciones de Santiago en causa rol N° 15.762-2024 acogió la acción de protección interpuesta en contra de ENEL Distribución Chile S.A. (ENEL) y de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), dejando sin efecto el Oficio Ordinario N° 210521, de 31 de enero de 2024, dictado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Además, dispuso que la empresa ENEL deberá proceder a emitir una nueva boleta refacturar por el consumo del inmueble ubicado la comuna de Recoleta, en la que únicamente se deberá consignar el monto a pagar por consumo de energía a eléctrica efectiva durante los tres últimos meses anteriores a la dictación del presente fallo, considerando, para todos los efectos, debidamente pagados los montos correspondientes a los periodos anteriores.
Cabe tener presente que se interpuso una acción de protección en contra de ENEL y de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), por los cobros indebidos de electricidad que se han aplicado en el domicilio ubicado en la comuna de Recoleta.
Al respecto, la Corte indicó que la actuación de ENEL al realizar el cobro de deuda por consumo de energía eléctrica que no fue debidamente facturada, constituye un acto ilegal y arbitraria que vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la parte recurrente en relación con el trato dispensado a otros clientes que pagas sobre la base del consumo de energía eléctrica, debidamente facturado.
Asimismo, según le constó a la Corte, la actuación de ENEL se alejó de la regulación sectorial, no solo facturó erróneamente sin dar cuenta del consumo efectivo mensual de la clienta, por más de tres años, consignando un crédito a su favor, son que, arbitrariamente, ha pretendido cobrar una deuda acumulada sobre la base de consumo efectivo que no fue facturado oportunamente mes a mes.