22-11-2025
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Corte Suprema aprueba el nuevo Código de Ética Judicial 2025

El Tribunal Pleno formalizó el Código de Ética Judicial en el Acta Nº 244-2025, publicado en el Diario Oficial, fijando principios de independencia, imparcialidad, integridad y uso responsable de tecnologías para toda la judicatura chilena.

La Corte Suprema aprobó el Código de Ética Judicial 2025 mediante Auto Acordado publicado el 19 de noviembre de 2025, tras su deliberación en Tribunal Pleno del 23 de octubre de 2025. El documento establece un marco rector para jueces y juezas del escalafón primario del Poder Judicial, cuyos contenidos se proyectan sobre independencia, imparcialidad, integridad y probidad. Al no tener carácter disciplinario, actúa como referente preventivo para uniformar conductas y reforzar la confianza ciudadana en la administración de justicia.

El texto surge desde las XXVIII Jornadas de Reflexión de la Corte Suprema, instancia que consolidó un trabajo altamente participativo, incluyendo aportes de expertos en ética, consultas a jueces y funcionarios, y experiencias comparadas de la Cumbre Judicial Iberoamericana. Según el Acta Nº 244-2025, la Corte destaca que la ética opera hacia el futuro, apela a la conciencia individual y exige que la magistratura se evalúe de manera permanente frente al estándar de un “observador razonable”.

La aprobación del Código se inserta en una tendencia regional que busca fortalecer el rol institucional del juez como garante de derechos fundamentales. El documento explicita que la calidad de la justicia depende tanto del contenido de las decisiones como de la conducta cotidiana de quienes las dictan. En coherencia con ello, se incorporan ámbitos que antes no estaban regulados con este nivel de detalle, como el uso de redes sociales, la participación en actividades sociales que puedan crear apariencias indebidas y las nuevas obligaciones derivadas del empleo de inteligencia artificial.

El Código desarrolla once valores esenciales —independencia, imparcialidad, integridad, igualdad, probidad, prudencia, cordialidad, claridad, conciencia institucional, capacitación y responsabilidad digital— y acompaña cada uno de ellos de orientaciones prácticas aplicables en la vida profesional y privada del juez. Este enfoque permite convertir los valores en criterios concretos de actuación, desde la forma de relacionarse con abogados y partes, hasta las precauciones que deben adoptarse al interactuar en espacios virtuales.

El documento también subraya que la ética judicial requiere evaluar situaciones que podrían comprometer la apariencia de neutralidad. Por ello insta a examinar vínculos personales, compromisos institucionales, exposiciones públicas y decisiones que puedan anticipar opiniones sobre asuntos jurisdiccionales. Esta mirada preventiva se traduce en deberes de transparencia respecto de relaciones relevantes y en la obligación de evitar reuniones, comunicaciones o beneficios que puedan sugerir cercanía, predisposición o dependencia.

El apartado sobre inteligencia artificial (IA) y nuevas tecnologías marca uno de los avances más relevantes del texto. El artículo 17 establece que la decisión judicial es siempre humana, por lo que ningún sistema automatizado puede condicionar la valoración de la prueba ni la resolución del litigio. Las orientaciones incluyen verificar de manera independiente cualquier referencia generada por herramientas de IA, mantener control sobre los datos insertados en plataformas externas y resguardar confidencialidad y debido proceso en audiencias telemáticas o reconstrucciones virtuales.

Con esta regulación, la Corte Suprema reconoce que la transformación digital de los tribunales requiere estándares claros para evitar riesgos de opacidad, sesgos, filtración de datos o delegación indebida. También exige documentar interacciones con sistemas automatizados y reportar fallas de ciberseguridad, fortaleciendo los mecanismos de control institucional.

Acta Nº 244-2025

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