Incluso acudió a los Tribunales de Justicia para obtener una respuesta, obteniendo una sentencia favorable al estimarse vulneradas sus garantías fundamentales con la demora.
El pasado 07 de octubre la Corte Suprema en causa rol N° 80.206-2023 acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, la que por consiguiente es nula y en sentencia de reemplazo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó al demandado al pago de la suma de $2.000.000 por concepto de daño moral.
Cabe tener presente que se interpuso una demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio y en Juzgado de Letras de Iquique acogió la demanda entablada, condenando al demandado al pago de la suma de $2.000.000 por concepto de daño moral, rechazándola respecto de los restantes ítems demandados.
La demanda se fundó en la falta de servicio por la errada tramitación e injustificada demora de su solicitud de permiso de residencia definitiva. El demandante indicó que es médico cirujano, y que, cumpliendo con todos los requisitos, el 22 de marzo del año 2017 solicitó ante el Departamento de Extranjería y Migraciones un permiso de residencia definitivo. Mediante resolución de 26 de julio del mismo año, el servicio rechazó su petición, fundado, erróneamente, en una supuesta falta de medios económicos para su sustento. Posteriormente, presentó un recurso de reconsideración, acompañando todos los antecedentes relacionados a los ingresos remuneracionales percibidos en el ejercicio de su profesión, al contar con un contrato de trabajo estable, pero que dicha reconsideración no fue resuelta sino hasta días antes que se dictara el fallo a su favor de un recurso de protección que interpuso ante la Corte de Apelaciones de Iquique por la demora.
En virtud de ello, el demandante solicitó en su demanda indemnización por daño emergente, por los costos asociados a no poder optar a un crédito hipotecario; lucro cesante, considerando lo que podría haber ganado optando a más oportunidades de trabajo; por pérdida de oportunidad, de desarrollar una especialidad médica, y daño moral, fundado en el sufrimiento, dolor, angustia y aflicción emocional y espiritual que, declara, hasta el presente no ha podido superar.
Como se dijo anteriormente, en primera instancia solo se acogió la demanda en cuanto condenó al demandando al pago de la suma de $2.000.000 por concepto de daño moral. Apelada dicha sentencia por la demandante y por el Fisco de Chile, conoció de la causa la Corte de Apelaciones de Iquique, la que revocó la sentencia de primer grado, rechazando la demanda en todas sus partes. En contra de dicho fallo, la demandante dedujo recurso de casación en el fondo.
La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo, toda vez que quedó acreditado la excesiva y dilatada tramitación del permiso de residencia de la recurrente, ante la cual incluso acudió a los Tribunales de Justicia para obtener una respuesta, obteniendo una sentencia favorable al estimarse vulneradas sus garantías fundamentales con la demora.
Quedando acreditado la conducta omisiva constitutiva de falta de servicio cometida por la demandada, lo cual generó que la recurrente se encontrara en una situación migratoria incierta durante más de tres años y que debiera llevar a cabo más trámites de los que corresponden al curso normal del procedimiento, debiendo interponer, incluso, un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones respectiva, con el fin de obtener el pronunciamiento requerido.