Corte Suprema confirma destitución de funcionario municipal por viajes al extranjero durante licencia médica

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El máximo tribunal ratificó el rechazo del recurso de protección presentado contra la Municipalidad de Torres del Paine, validando la sanción disciplinaria de destitución aplicada tras un sumario administrativo que acreditó salidas al extranjero mientras el funcionario se encontraba con licencia médica.

El máximo tribunal ratificó el rechazo del recurso de protección presentado contra la Municipalidad de Torres del Paine, validando la sanción disciplinaria de destitución aplicada tras un sumario administrativo que acreditó salidas al extranjero mientras el funcionario se encontraba con licencia médica.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que rechazó un recurso de protección interpuesto contra la Ilustre Municipalidad de Torres del Paine, manteniendo la destitución de un funcionario municipal tras acreditarse que realizó viajes al extranjero mientras se encontraba con licencia médica. La decisión fue adoptada por la Tercera Sala del máximo tribunal el 10 de marzo, en la causa Rol N°55.559-2025, confirmando íntegramente el fallo de la Corte de Apelaciones.

El caso se originó cuando el funcionario, técnico paramédico de la Posta Rural de Cerro Castillo, fue sometido a un sumario administrativo instruido mediante Decreto Alcaldicio N°413 de 27 de mayo de 2025, a partir de antecedentes remitidos por la Contraloría General de la República. Durante la investigación se le formularon cargos por presunto uso indebido de licencias médicas y por salir del país durante los períodos de reposo. El procedimiento culminó con el Decreto Alcaldicio N°809 de 10 de octubre de 2025, que dispuso su destitución del cargo. El afectado alegó que las salidas al extranjero, principalmente a la ciudad argentina de Río Turbio, fueron breves y motivadas por razones económicas propias de la zona fronteriza, y que la sanción vulneraba garantías constitucionales como igualdad ante la ley, debido proceso y derecho de propiedad sobre su empleo.

La Corte de Apelaciones examinó el procedimiento disciplinario y concluyó que la sanción fue dictada dentro de un sumario administrativo regular, con formulación de cargos, acceso al expediente, presentación de descargos y decisión fundada por la autoridad competente.

En su análisis, el tribunal estimó acreditado que el funcionario realizó cinco salidas al extranjero durante el goce de licencia médica en 2023, sin que estas se relacionaran con su tratamiento médico. A juicio de la Corte, tal conducta fue razonablemente calificada por la autoridad municipal como una infracción grave al deber de probidad administrativa, justificando la sanción de destitución dentro de las facultades disciplinarias previstas en el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. En consecuencia, el tribunal sostuvo que no se configuró un acto ilegal o arbitrario que habilitara la tutela del recurso de protección.

Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la confirmó.

Corte Suprema Rol N° 55.559-2025
Corte de Apelaciones

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