La Tercera Sala anuló de oficio la sentencia de segunda instancia por falta de fundamentación y, en reemplazo, acogió la demanda de la Municipalidad de Tirúa.
El máximo tribunal descartó que los jueces de la Corte de Santiago hubieran incurrido en falta o abuso grave al reconocer legitimación al propietario del vehículo y acoger las acciones bajo la Ley del Consumidor.