El Director Nacional del Instituto será el Jefe Superior del Servicio, funcionario de exclusiva confianza del Presidente de la República.
Este 21 de julio, el Diario Oficial publicó el Decreto con fuerza de ley Nº 3 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el que se fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.254, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial.
Al respecto el Instituto Nacional de Propiedad Industrial se crea como un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad y patrimonio propio. El Instituto queda sometido a la supervigilancia del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Asimismo, señala que el Instituto es un organismo de carácter técnico y jurídico encargado de la administración y atención de los servicios de la propiedad industrial. Le corresponderá la promoción de la protección que brinda la propiedad industrial y difusión el acervo tecnológico y la información que se disponga.
El Director Nacional del Instituto será el Jefe Superior del Servicio, funcionario de exclusiva confianza del Presidente de la República, designado por este y tendrá la calidad de alto directivo público.
La normativa además regula el personal del Instituto, el financiamiento del mismo, entre otros aspectos.