08-09-2024
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Gobierno envía proyecto de ley que crea una Agencia de Financiamiento e Inversión para el Desarrollo (AFIDE)

La administración de AFIDE estará a cargo de un directorio compuesto por cinco miembros de reconocido prestigio profesional, con experiencia y conocimientos en materias relacionadas con los objetivos de la institución.

El pasado 31 de mayo ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 16.889-05, que crea una Agencia de Financiamiento e Inversión para el Desarrollo (AFIDE), y la autoriza a participar en fondos de fondos.

El proyecto de ley consagra la creación de AFIDE aprovechando y fortaleciendo las capacidades y conocimientos de los programas de financiamiento público existentes.  El proyecto de ley autoriza al Estado para desarrollar actividades empresariales de financiar, garantizar, gestionar, articular, asesorar e invertir, en proyectos empresariales e iniciativas de transformación o diversificación productiva. Para esto, el Fisco y la Corfo constituirán una sociedad anónima que se denominará “Agencia de Financiamiento e Inversión para el Desarrollo S.A.” o “AFIDE”, la que se regirá por las normas del presente proyecto de ley y, en subsidio, por las normas que rigen a las sociedades anónimas abiertas.

La administración de AFIDE estará a cargo de un directorio compuesto por cinco miembros de reconocido prestigio profesional, con experiencia y conocimientos en materias relacionadas con los objetivos de la institución.

El capital de AFIDE estará constituido por: (i) el capital inicial que suscriba y pague el Fisco y Corfo; (ii) el aporte de recursos o bienes originados en la cartera de préstamos de CORFO; (iii) las utilidades que obtenga en el desarrollo de sus actividades y por las inversiones efectuadas en el mercado de capitales; y, (iv) toda clase de bienes que adquiera a cualquier título.

El proyecto de ley se encarga de enumerar cada una de las actividades que desarrollará AFIDE para cumplir adecuadamente con su objeto. Dentro de estas actividades se pueden distinguir dos grandes grupos: (i) actividades relativas a asesorías en evaluación de proyectos; y, (ii) actividades relativas al desarrollo y oferta de instrumentos financieros. Ambos se regirán por la Política General, la que será aprobada por el directorio y en la cual estará definida su estrategia y criterios de inversión.

Por otro lado, el proyecto de ley le exige a AFIDE seguir estándares de regulación financiera similares a los establecidos en la Ley General de Bancos, especialmente en materia de gobierno corporativo, capital de reserva y dividendos, clasificación de gestión y la relación entre sus activos y patrimonio, con algunas excepciones dada su particular naturaleza como entidad financiera, distinta de la banca comercial.

Boletín N° 16.889-05

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