30-10-2024
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Gobierno propone un retiro de fondos de pensiones exclusivo para el pago de ciertas deudas

El proyecto de ley surge como alternativa a la propuesta del quinto retiro de fondos de pensiones.

Este 12 de abril, a través de un mensaje del Presidente Gabriel Boric, ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 14.901-13, proyecto de ley que establece una alternativa al retiro de fondos previsionales, a través de la subrogación voluntaria para la realización de los pagos que indica, y que flexibiliza los requisitos de acceso al Seguro de Desempleo de la Ley Nº 19.728 e incrementa el monto de sus prestaciones.

El proyecto permite que puedan realizarse retiros de los fondos previsionales en 6 casos distintos:

  1. Para exigir el pago de deudas originadas por obligaciones alimentarias. Además, en los casos de incumplimiento reiterado del pago, los tribunales de familia podrán ordenar que la deuda se salde con cargo a los fondos previsionales que el deudor tenga en su cuenta de ahorro individual.
  2. Para pagar deudas con instituciones de salud.
  3. Para incrementar el ahorro necesario para la postulación a los subsidios a la adquisición de la primera vivienda establecidos por el Decreto Supremo N° 1 de 2011 y el Decreto Supremo N°49 de 2011, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
  4. Para pagar deudas hipotecarias de hasta 4.000 UF contraídas hasta el día 31 de marzo de 2022 para la adquisición de la primera vivienda.
  5. Para el pago de deudas de servicios básicos no cubiertas por los subsidios establecidos en la ley N° 21.423.
  6. Para el pago de deudas financieras, bancarias y no bancarias, contraídas hasta el 31 de marzo de 2022.

Por otro lado, el proyecto de ley que ingresó el gobierno también contempla disposiciones que flexibilizan los requisitos de acceso y mejoran las prestaciones del seguro de desempleo de la ley Nº 19.728, aumentando los porcentajes de la remuneración de referencia que podrán ser retirados en cada giro, para los meses tercero y siguiente que reciban el beneficio.

Finalmente, de forma transitoria se reducen los requisitos para acceder a las prestaciones del fondo de cesantía solidario, pasando de 12 cotizaciones en los últimos 24 meses (con las tres últimas correspondientes al mismo empleador) a tres cotizaciones continuas en los últimos tres meses previos al término del contrato, o bien seis cotizaciones en doce meses, con las dos últimas continuas y del mismo empleador.

Boletín Nº 14.901-13

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