Tendrá por finalidad fomentar la prevención de la corrupción en los órganos del Estado, proponer medidas de modificaciones administrativas o legislativas encaminadas a dicho propósito.
El 01 de agosto ingresó al Senado el Boletín Nº 16134-07, proyecto de ley que modifica la Carta Fundamental para crear una Agencia contra la Corrupción.
El presente proyecto de ley establece que la Agencia será un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Agencia contra la Corrupción, tendrá por finalidad fomentar la prevención de la corrupción en los órganos del Estado, proponer medidas de modificaciones administrativas o legislativas encaminadas a dicho propósito, querellarse en casos graves y calificados, así como las demás funciones que una ley determine.
En esa misma línea, la nueva propuesta señala que la dirección y administración superior de la Agencia corresponderá a un Consejo Directivo integrado por cuatro consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio. Asimismo, se establece que los consejeros durarán seis años en sus cargos pudiendo ser designados sólo para un nuevo período. Se renovarán por parcialidades de tres años.
Finalmente, el proyecto de ley establece que el Consejo Directivo elegirá de entre sus miembros a su Presidente. Para el caso de que no haya acuerdo, la designación del Presidente se hará por sorteo. Una ley regulará la composición, organización y demás funciones de la Agencia.