04-12-2024
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Iniciativa de ley modifica la Ley de lobby ampliando con ello su concepto

El encuentro puede ser presencial, virtual o por cualquier medio.

El pasado 17 de enero ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín 16593-05 que modifica la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, para extender su aplicación a los casos que indica y aumentar las sanciones por incumplimiento.

El objetivo de la iniciativa es ampliar el concepto de lobby desde gestiones específicas a toda instancia de encuentro entre lobbistas registrados y sujetos pasivos, los que deberán someterse a los procedimientos de registro por el solo ministerio de la ley.

El proyecto señala que cualquier encuentro presencial, virtual o por cualquier medio entre un lobbista y un sujeto pasivo será considerado Lobby y señala que quedarán inhabilitados para ser categorizados como lobbistas, toda autoridad electa por elección popular o aquellas reguladas como sujeto pasivo por un periodo de 5 años contados desde que termina su periodo, función, nombramiento o contratación, inhabilidad que alcanza tanto a la calidad de persona natural como a la de personalidad jurídica ya sea como representante legal de la misma o habiendo suscrito contrato laboral o de prestación de servicios a esta.

Se fundamentó la iniciativa en virtud a los últimos acontecimientos públicos en referencia a la reunión de altos funcionarios de la administración del Estado con lobbistas en espacios privados, abriéndose con ello la discusión sobre qué materias son o no consideradas lobby o gestión de interés, lo que despertó un conjunto de debates sobre las implicaciones y consideraciones al respecto, no solo para el legislador, sino que para la opinión pública y para la doctrina especializada, quienes hoy también observan que una reunión en domicilios privados puede ser autorizada por la ley en virtud de la tímida regulación existente.

Boletín 16593-05

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