En conversación con Actualidad Jurídica: El Blog de DOE, el profesor de Derecho Ambiental y exministro del Tercer Tribunal Ambiental, Iván Hunter, analiza las principales debilidades del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y los desafíos que enfrenta la reforma en curso.
En esa línea, Hunter aborda la importancia de reforzar la rigurosidad técnica, perfeccionar la participación ciudadana y enfrentar de manera efectiva el cambio climático.
Respecto a la reforma al SEIA. ¿Cuáles son, a tu juicio, las principales debilidades del sistema vigente que esta reforma debería corregir con mayor urgencia?
Actualmente, uno de los principales problemas radica en la calificación de los proyectos. Existe una inconsistencia en el diseño institucional: por un lado, se ha fortalecido la evaluación técnica y ambiental de las actividades económicas —a través de guías, instructivos y criterios de evaluación—, pero, por otro, la decisión final depende de órganos colegiados cuya naturaleza es esencialmente política, como la Comisión de Evaluación o el Comité de Ministros. A mi juicio, resulta indispensable avanzar hacia un sistema de decisión estrictamente técnico, sustentado en instancias unipersonales o colectivas altamente calificadas.
Asimismo, se requiere modernizar el sistema recursivo, haciéndolo más razonable y flexible. El agotamiento obligatorio de la vía administrativa debiera ser la excepción, privilegiando un esquema en que el titular opte voluntariamente por agotar dicha instancia. Esto reduciría los tiempos de tramitación y otorgaría mayor eficiencia al procedimiento.
Un aspecto clave de la discusión es la participación ciudadana. ¿Qué cambios propondrías para fortalecerla dentro del SEIA y evitar que se transforme en un trámite formal?
En la actualidad, la participación ciudadana en el SEIA está lejos de ser un mero trámite. Uno de sus principales aportes es la posibilidad de formular observaciones a los proyectos, las cuales deben ser consideradas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Además, cualquier persona natural o jurídica puede intervenir como observante, sin necesidad de demostrar afectación directa. Esa condición habilita posteriormente a interponer recursos administrativos y judiciales, lo que constituye un mecanismo expedito de acceso a la justicia ambiental cuando la autoridad no pondera adecuadamente las observaciones.
Dicho esto, la participación ciudadana sí puede perfeccionarse. El aspecto más relevante es su oportunidad: una participación temprana permite al titular ajustar el diseño del proyecto y prevenir conflictos socioambientales. Desde esa perspectiva, considero positivo que la reforma avance en el fortalecimiento de esta etapa temprana del procedimiento.
La judicialización de proyectos se ha convertido en un problema recurrente. ¿Qué modificaciones permitirían disminuir la conflictividad sin debilitar la fiscalización ambiental?
Se trata de un tema complejo, pues toda persona tiene derecho a recurrir a los tribunales cuando considera que una decisión administrativa la afecta. No obstante, es necesario racionalizar el uso del sistema judicial para evitar una excesiva judicialización. El desafío está en encontrar un equilibrio adecuado.
Una alternativa razonable es permitir la judicialización inmediata de los proyectos, ya que esto acorta los tiempos de incertidumbre para su ejecución. Asimismo, el rol privilegiado de los observantes en la participación ciudadana podría justificar que solo ellos tengan legitimación para impugnar, lo que contribuiría a reducir la litigiosidad. Para que ello sea efectivo, habría que fortalecer los mecanismos de difusión y publicidad de los proyectos, además de ampliar los plazos para la presentación de observaciones.
¿Cómo debiera el SEIA integrar de manera efectiva los desafíos del cambio climático en la evaluación de proyectos?
En este ámbito se ha avanzado en la dirección correcta, pero aún queda camino por recorrer. Es fundamental establecer criterios objetivos, basados en evidencia científica, que permitan evaluar cómo las variables ambientales de un proyecto se ven afectadas por el cambio climático.
A mi juicio, el mayor desafío para Chile no es la mitigación, sino la adaptación. Resulta indispensable incorporar en la regulación ambiental exigencias de adaptación que respondan a los efectos concretos del cambio climático sobre determinados ecosistemas. Esa integración efectiva reforzará la capacidad del SEIA para anticipar riesgos y prevenir impactos acumulativos.
En la experiencia comparada, ¿qué modelos de evaluación ambiental podrían servir de referencia para orientar la reforma chilena?
Es difícil pensar en un modelo comparado que pueda servir íntegramente de referencia al sistema chileno. Creo que en nuestro país se ha ido construyendo un modelo propio con muchos avances, pero también con nudos críticos. Se podría tomar como referencia la participación temprana y efectiva de Canadá, la certeza jurídica y estandarización normativa de la Unión Europea, y la integración técnico-científica de Australia en materia de cambio climático y biodiversidad. No creo que corresponda seguir un único modelo. Más bien, una combinación de elementos permitiría avanzar hacia un SEIA más predecible, confiable y legítimo.
Mirando a futuro, ¿qué condiciones institucionales consideras indispensables para que el SEIA gane legitimidad tanto para las comunidades como para los desarrolladores de proyectos?
Lo esencial es reforzar la rigurosidad técnica y la certeza jurídica. Cuando la Administración es percibida como un órgano altamente técnico, que adopta decisiones fundadas en conocimiento científico y con un estándar exigente de justificación, crece la confianza tanto de la ciudadanía como de los inversionistas.
La legitimidad del SEIA depende, en última instancia, de que sus decisiones se perciban como racionales, transparentes y previsibles. Ello permitirá generar criterios estables y ordenados para el cumplimiento de la normativa ambiental, brindando seguridad jurídica a los titulares de proyectos y confianza a las comunidades afectadas.