La historia de la mujer frente al sistema judicial es una historia de lucha y conquista.
Durante siglos, las mujeres han enfrentado barreras estructurales para acceder a la justicia en defensa de sus derechos e intereses, en un mundo donde las leyes y los jueces, sus guardianes (parafraseando a Kafka y su “Ante la Ley”), fueron diseñados predominantemente por y para los hombres. Desde la negación de su capacidad jurídica hasta la sistemática exclusión de espacios de decisión, el camino hacia la igualdad ante la ley ha sido largo y repleto de obstáculos. Esta semana, con una nueva conmemoración del Día Internacional de la Mujer, es bueno visibilizar estos desafíos históricos y los que persisten en la actualidad.
En sus orígenes, el sistema judicial reflejaba el sello de las normas de las sociedades que lo forjaron y levantaron. Las mujeres eran consideradas propiedad o subordinadas, sin voz propia para reclamar ante el guardián de la ley. Casos de violencia intrafamiliar, abusos sexuales o discriminación quedaban silenciados, ya fuera por la inexistencia de marcos legales que los reconocieran como por la indiferencia y apatía de quienes debían impartir justicia. Esta exclusión no era accidental: respondía a una concepción de la mujer como sujeto pasivo, incapaz de ser titular de derechos plenos.
Con el paso del tiempo, los movimientos feministas lograron conquistas jurídico-normativas importantes, desde el reconocimiento del derecho a sufragio hasta la tipificación de delitos específicos contra las mujeres, como el femicidio.
No obstante, el reconocimiento normativo no fue suficiente, pues dichas conquistas tuvieron que además afrontar en su implementación los prejuicios y estereotipos de género de los jueces (en su gran mayoría hombres), en la interpretación de las leyes y juzgamiento de los conflictos de relevancia jurídica en los cuales las mujeres tienen calidad de víctimas u otra.
La minimización de la gravedad de la violencia de género, el cuestionamiento de la credibilidad del relato de una mujer víctima en delitos sexuales e incluso las interpelaciones sobre sus habilidades parentales en procedimientos de medida de protección de un niño, niña o adolescente, cuando la madre no se ajusta al estándar de la madre ideal, constituyen sólo algunos ejemplos de sesgos de género en los juzgamientos propios de un sistema erguido bajo la cultura patriarcal.
Uno de los estereotipos más peligrosos vigentes es aquel que implica estandarizar cómo debe comportarse una «verdadera víctima» o “victima ideal”, en delitos sexuales, instaurando formas de comportamientos y emociones válidas mientras que otras no. Es decir, sí la víctima no se ajusta a dicho estándar es difícil que el agresor sea condenado, obviando que, en muchos casos, sólo se cuenta justamente con la declaración de la víctima para probar el hecho ilícito.
Así muchas veces la justicia, en lugar de ser una instancia de tutela y protección para las mujeres, se convirtió en un espacio hostil y propicio para la lesión de sus derechos y discriminación, pues estas no sólo deben enfrentarse a su agresor, sino a un sistema de justicia que las juzga a pesar de ser ellas víctimas. Este escenario desincentiva las denuncias y además perpetúa la impunidad, dejándolas en una posición de vulnerabilidad (cuestionadas e ignoradas) frente al guardián de la ley.
Lo anterior se agrava por la falta de capacitación permanente de los operadores judiciales, así como por la presencia de menos juezas que jueces en el Poder judicial, sobre todo, ante los tribunales superiores de justicia, pues su presencia podría ayudar a comprender mejor las dinámicas de violencia de género (de todo tipo) y evitar sesgos que perpetúen la revictimización de las víctimas, lo que favorecería resoluciones más justas y acordes con los principios de igualdad.
Consecuentemente, se asoma como uno de los desafíos más vigentes en nuestro ordenamiento jurídico el juzgamiento con perspectiva de género, sobre todo en delitos sexuales y de violencia de género.
Lograr una justicia para las mujeres en delitos sexuales implica un equilibrio delicado: respetar las garantías procesales de todas las partes, incluido el acusado desde luego, pero también ofrecer resguardos específicos para las mujeres víctimas, como el fortalecimiento de sus derechos procesales; el uso de técnicas- procesales en materia probatoria y la defensa especializada. Esto requiere tiempo, recursos y voluntad permanentemente renovada para transformar las instituciones desde dentro. La formación de jueces, fiscales y policías en enfoques de género, la creación de unidades especializadas e incluso la mayor presencia de juezas en el poder judicial, son pasos en la dirección correcta para que la ley deje de ser un reflejo de desigualdades históricas y se convierta en un instrumento eficiente.
La conmemoración del Día Internacional de la Mujer nos recuerda que estos retos no han sido superados, sino que siguen exigiendo mucho trabajo y formación. Cada caso mal manejado, cada víctima silenciada o revictimizada, es un recordatorio de que el guardián de la ley aún no ha aprendido a ver a las mujeres como sujetos plenos de derechos. La justicia no puede seguir operando bajo inercias históricas que normalizan una desprotección que hoy no puede tolerarse; se debe evolucionar hacia un modelo que escuche, proteja y repare, sin prejuicios, sin sesgos, sin dilaciones.
Por ello, en este 8 de marzo de 2025, recordamos y visibilizamos la pendencia de los desafíos para un correcto efectivo e igualitario acceso de las mujeres a la justicia. Ello, no se agota con la dictación de nuevas leyes, ni con la suscripción de tratados ni tampoco con la creación de protocolos en materia de género, el verdadero acceso a la justicia de las mujeres, sólo se obtendrá cuando se otorgue una tutela judicial efectiva mediante el juzgamiento exento de sesgos y estereotipos de género. Solo de este modo, la mujer dejará de estar postergada ante el guardián de la ley y pasará a ser, por fin, una ciudadana plenamente reconocida en su dignidad y derechos.