Además, establece que micros y pequeñas empresas quedan exentas de cobros adicionales.
Este 2 de agosto, el Diario Oficial publicó la Ley N° 21.472 del Ministerio de Energía, que crea un Fondo de Estabilización de Tarifas, y establece un nuevo Mecanismo de Estabilización Transitorio de precios de la electricidad para clientes sometidos a regulación de precios.
Con esto, se busca evitar el alza en las cuentas de la luz producto de la deuda acumulada desde el 2019 a la fecha, y beneficiará a los clientes regulados, aquellos que no tienen la posibilidad de negociar precios con las generadoras de manera directa.
En definitiva, la nueva legislación crea un fondo de estabilización que será administrado por la Tesorería, al cual se realizará aportes anuales de 20 millones de dólares por parte del Ministerio de Hacienda, hasta el 2032.
Este Ministerio realizará un aporte adicional de hasta 15 millones de dólares, monto que estará destinado a aquellos clientes que consuman menos de 350 kw/h al mes.
El fondo tendrá una vigencia única que no podrá exceder del 31 de diciembre de 2032, no pudiendo prorrogarse su funcionamiento más allá de ese periodo.
Los clientes pagarán cargos por servicio en función de su consumo mensual:
Menos de 350 kw/h estarán exentos de cargo (aquí está el 90% de los clientes residenciales)
Entre 350 y 500 kw/h pagarán 0,8 pesos por kw/h
Entre 500 y 1000 kw/h pagarán 1,8 pesos por kw/h
Entre 1000 y 5000 kw/h pagarán 2,5 pesos por kw/h
Más de 5000 kw/h pagarán 2,8 pesos por kw/h
Las micro y pequeñas empresas quedarán exentas de estos cargos. Se entenderá por éstas aquellas determinadas por la ley y cuyo consumo mensual no supere los mil kw/h.
En tanto, el proyecto crea un Mecanismo Transitorio de Protección al Cliente (MPC) que busca impedir el alza de las cuentas de la luz durante el año 2022 y permitir solo alzas graduales durante la próxima década.
Así se fijan tablas de consumo de energía para este año y para la década 2023-2032. Al igual que el fondo de estabilización se determina el consumo mensual en kw/h indicándose el precio estabilizado más el IPC y el porcentaje adicional por tramo.