04-02-2026
HomeNormativaLey regula la transformación de vehículos de combustión interna a eléctricos

Ley regula la transformación de vehículos de combustión interna a eléctricos

La nueva norma modifica la Ley de Tránsito y entrega al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones atribuciones para regular talleres, certificados y sanciones en la transformación de vehículos en uso.

El 14 de enero se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.793, que introduce un nuevo artículo 90 bis a la Ley N° 18.290, de Tránsito. La norma faculta expresamente al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) para autorizar establecimientos o talleres que realicen la conversión de vehículos motorizados en uso desde sistemas de propulsión de combustión interna a eléctricos, así como otras adaptaciones que incidan en la seguridad vial.

La modificación legal se inserta en el contexto de las políticas públicas de electromovilidad y actualización del parque vehicular. El nuevo artículo 90 bis establece que las transformaciones deberán realizarse conforme a uno o más reglamentos dictados por el MTT, los que deberán precisar los alcances técnicos, los procedimientos aplicables y los requisitos según modelos de vehículos. Además, se habilita al Ministerio para definir, vía reglamento, los valores asociados a dichas autorizaciones.

Los talleres autorizados que realicen transformaciones fuera de los modelos aprobados o sin ajustarse al procedimiento reglamentario arriesgan la revocación de su autorización. A su vez, quienes operen sin autorización quedan sujetos a la multa prevista en el inciso segundo del artículo 180 de la Ley de Tránsito.

La norma también contempla consecuencias directas para los conductores: si un vehículo es sorprendido circulando sin el certificado respectivo, Carabineros de Chile, inspectores fiscales o municipales podrán retirarlo de circulación y el conductor será sancionado con multa de 1,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

Ley N° 21.793

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación