31-03-2025
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Mucho más que cuotas

Antes de que termine marzo y en un escenario político que cuenta con dos candidatas, quizás tres, postulando a la Presidencia de La República, conviene tener presentes los avances y desafíos en esta materia hasta el momento, en un año electoral con diversos comicios.

Chile fue uno de los últimos países Latinoamericanos en adoptar una Ley de Cuotas que se aplicara a elecciones legislativas. Así, se optó por su aplicación solamente a la representación parlamentaria, a través de cuotas voluntarias de candidatos o candidatas aplicables a los partidos políticos a través de la la Ley Nº 20.840 que «Sustituye el Sistema Electoral Binominal por uno de carácter Proporcional Inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional», que modifica las Leyes Nº 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios; Nº 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, Nº 18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos y Nº 20.640 que Establece el Sistema de Elecciones Primarias.

Con ello, se estableció un sistema de aplicación de cuotas para la inscripción de candidaturas en las elecciones parlamentarias, tratándose de un mecanismo esencialmente transitorio y que define un techo máximo de representación para las elecciones entre los años 2017 a 2029, siendo la elección de 2025 la tercera que se realiza bajo la vigencia de esta norma.  

De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 20.840, ninguno de los dos sexos puede superar el 60% de candidatos o candidatas en las listas parlamentarias, porcentaje que debe cumplirse de manera independiente por cada partido político, sin considerar los «Pactos» que pudieran generarse para dichas elecciones. La norma se aplica a todas las declaraciones de candidatos y candidatas, en todas las regiones y también, respecto de elecciones primarias. Además, se consideran por separado las elecciones de la Cámara de Diputados y Diputadas, de las elecciones del Senado. De este modo, el sentido de esta norma es incentivar la presencia de mujeres, tanto en la papeleta de votación como ya electas, en ambas cámaras del Congreso Nacional. Sin embargo, se debe aclarar que, para el caso chileno,  las cuotas se aplican a las candidaturas.

La norma establece que, de no cumplirse este porcentaje, se rechazarán todas las candidaturas declaradas a senadores/senadoras o diputados/diputadas y el partido tendrá cuatro días hábiles para retirar candidaturas o declarar otras nuevas, lo que podrá hacer con afiliados/as al partido o independientes asociados. Junto a ello, se establecen incentivos económicos y un financiamiento especial hacia los partidos políticos para el cumplimiento de la cuota, además de medidas que buscan el fortalecimiento de la formación de mujeres en política y cuotas o medidas para incorporar a mujeres en las cúpulas y gobiernos de los partidos políticos.

De acuerdo a las cifras entregadas por el Servicio Electoral (SERVEL), en el período comprendido entre los años 1989 y 2013, se eligieron 98 Diputadas, correspondiente a un 11,67% del total. Luego de la aplicación de esta normativa, en las elecciones del año 2017, primera elección bajo esta norma, compitieron 397 mujeres candidatas a diputadas y fueron electas 35 (8%) de una conformación total de 155, correspondiendo al 22.5%. Además, fueron electas 6 nuevas Senadoras de 60 candidatas (10%), quedando conformado el Senado con 10 Senadoras, de 43 en total, correspondientes al 23.2%. Con estos resultados, Chile pasó del lugar 129 al 81 en el Ranking Mundial de Paridad de Género de la Unión Interparlamentaria.

Del mismo modo, en el proceso eleccionario del año 2021, fueron electas 55 Diputadas de una conformación total de 155, correspondiendo al 35%. Además, fueron electas 12 Senadoras, habiendo aumentado la conformación del Senado por una reforma, a un total de 50 Senadores y Senadoras, las mujeres quedaron representando un 24%. Con estos resultados, Chile avanzó al lugar 42 del Ranking Mundial de Paridad de Género de la Unión Interparlamentaria[1].

Estos datos dan cuenta del nivel de impacto que tuvo la implementación de este mecanismo en la institucionalidad chilena respecto a una aceleración de la entrada de las mujeres al Congreso, asegurando un porcentaje mínimo de presencia femenina para el caso de elecciones parlamentarias.

Esto, lleva a pensar que se trata de un punto de partida y no, una meta, de manera que existen diversas propuestas que buscan extender las cuotas hacia otros cargos de elección popular. Así, el gobierno anunció que se ingresarán dos proyectos, uno de Reforma Constitucional del Artículo 18 de la Constitución Política que buscará incorporar el principio de igualdad entre hombres y mujeres en el sistema electoral y una Reforma a la Ley Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, de gobierno y administración regional y de municipalidades, para establecer que todas las listas a candidaturas pluripersonales deban ser encabezadas por mujeres y alternadas entre hombres y mujeres sucesivamente, ampliando la búsqueda de paridad a nivel regional y municipal.

Junto a ello, se encuentra en el Senado en Segundo Trámite Constitucional el Boletín Legislativo N° 11994-34 que Modifica la Ley N° 18.695 y N° 19.175, que contiene un Proyecto de Ley que busca establecer una cuota de género en las elecciones de gobernadores regionales, alcaldes y concejales que se encuentra en en el Senado.

La evidenciada sub representación que históricamente han tenido las mujeres, no es un problema exclusivo de la política, si no que se trata de un problema estructural que se manifiesta en diferentes espacios que se caracterizan por una evidente masculinización, por diversas razones, generalmente históricas y de estereotipos, que son difíciles de corregir sin medidas, tales como incentivos o cuotas, que generalmente requieren asociarse a otras medidas, las que pueden implementarse en diferentes niveles de participación y en diversos contextos.

Según el Quinto Reporte de Indicadores de Género en las Empresas en Chile del año 2023, existe un 15,9% de participación de mujeres en directorios de empresas supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). A esto, se suma que 4 de cada 10 son denominadas «empresas cero», esto es, empresas que no cuentan con ninguna mujer en sus mesas directivas. Por ello, se ha aprobado en sala por la Cámara de Diputadas y Diputados el Boletín N° 15516-34 que contiene el Proyecto de Ley denominado «Más Mujeres en Directorios» cuyo propósito es aumentar la participación de mujeres en directorios de sociedades anónimas, abiertas y especiales, fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), estableciendo una cuota máxima sugerida del 60% del sexo con mayor representación, continuando la tramitación del Proyecto en el Senado. Lo que se suma a lo establecido por la Ley N° 21.356 del año 2021 que determina paridad de género para la representación en los directorios de las empresas públicas y sociedades anónimas con más de 50% de participación del Estado.

De este modo, esta tercera y penúltima elección a través de este mecanismo, evidenciará los impactos de su implementación y su proyección en una sociedad cada vez más cambiante. Además de permitir vislumbrar como se proyecta el futuro de normativas, medidas y políticas, que involucran nada más ni nada menos, que a la mitad de la población.  


[1] Vargas Cárdenas, Andrea. (2022). Aplicación de Ley de Cuotas para la Representación Política de la Mujer: Implementación de Ley 20.840 en elecciones de 2017 y 2021 – Biblioteca Congreso Nacional.

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Escrito por

Abogada. Magíster en Ciencias Sociales por la Universidad de la Frontera. Estudiante de Doctorado en Estado de Derecho y Gobernanza Global de la Universidad de Salamanca, España. Académica de la Escuela de Derecho de la Universidad de La Frontera.