03-12-2024
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Nueva extensión del permiso SANNA en el contexto de la alerta sanitaria

Por cada niño o niña el padre o la madre tendrá derecho a una extensión de 90 días por cada una de las contingencias cubiertas.

El pasado 12 de julio la Superintendencia de Seguridad Social mediante el dictamen N° 2.616-2021 extendió por cuarta vez el permiso SANNA en el contexto de la situación de emergencia sanitaria.

En ese sentido, la Superintendencia de Seguridad Social en el ejercicio de las facultades que le otorga la ley N° 16.395, estimó pertinente extender excepcionalmente y por cuarta vez en 90 días el permiso SANNA.

En cuanto a las contingencias respecto de las cuales opera la extensión del permiso son las siguientes: cáncer, trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos y accidente grave con riesgo de muerte o de secuela funcional grave y permanente.

El padre o la madre tendrá derecho a una extensión de 90 días por cada una de las contingencias cubiertas, lo que significa que sólo uno de los padres, o el tercero, en su caso, podrá hacer uso de la extensión de días.

Debido a que se trata de una medida transitoria, los días de extensión sólo pueden ser usados en tanto se encuentre vigente el decreto N° 4, del Ministerio de Salud, que declaró la Alerta Sanitaria en todo el territorio de la República producida por la propagación a nivel mundial del «Nuevo Coronavirus 2019”.

Dictamen N° 2.616-2021

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