25-04-2025
HomeNormativaNueva ley mejora la fiscalización de la Dirección General de Aguas

Nueva ley mejora la fiscalización de la Dirección General de Aguas

La nueva ley establece un procedimiento administrativo sancionatorio simplificado.  

El 23 de abril se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.740, la cual modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia por parte de la Dirección General de Aguas.

La nueva ley establece un procedimiento administrativo sancionatorio simplificado.   Este procedimiento se aplicará a multas de baja cuantía, áreas de escasez hídrica declarada e infracciones que no requieran de inspección en terreno.

En este procedimiento el infractor tendrá el plazo de ocho días hábiles, contado desde la notificación, para presentar sus descargos por escrito. En este acto el presunto infractor deberá acompañar todos los medios probatorios que sirvan de comprobante de su defensa. Vencido el plazo, se procederá a elaborar el informe técnico, el cual servirá de antecedente para dictar la resolución que resuelva el procedimiento aplicando la sanción, cuando corresponda. El Director General de Aguas, por medio de una resolución fundada, resolverá este expediente, y le pondrá término, en el plazo no superior a sesenta días hábiles contado desde que esté en condiciones de ser resuelto.

Además la ley establece nuevas facultades de vigilancia y corrección temprana a la DGA, así este organismo podrá instruir medidas para la corrección temprana de inobservancias menores que haya constatado, con el fin de restituir el cumplimiento normativo en el más breve plazo, sin iniciar un procedimiento.

Por otro lado, en aquellos casos en que se constate la existencia de una infracción por extracción de aguas no autorizada o se trate de obras o labores que puedan afectar a un acuífero que alimente vegas, turberas y bofedales, la Dirección General de Aguas deberá ordenar en la respectiva resolución de término la paralización de dicha extracción hasta su regularización o autorización, salvo que, por razones fundadas en el interés público no se considere necesario.

Ley

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación